Hacienda sin piedad sanciona a los autónomos que no abren su buzón electrónico: Justicia pone fin a esa mala práctica

Hacienda sin piedad sanciona a los autónomos que no abren su buzón electrónico: Justicia pone fin a esa mala práctica
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Hasta ahora cuando recibías un SMS informando de alguna sanción por parte de Hacienda, de inmediato debías leer la notificación en el buzón de notificaciones electrónicas de Hacienda. Lo llamativo de este procedimiento es que disponías de diez días desde su envío y, lo hubieras leído o no, constaba como que eras conocedor del aviso.

Este método no parecía el más lógico ya que, informado o no, el autónomo era sancionado en muchas ocasiones sin conocer el motivo de antemano.

Hacienda tiene que avisar al autónomo por otras vías antes de poner una sanción

Este cambio nace a raíz de un fallo del Tribunal de Justicia (TSJ) de Valencia, donde se dio la razón al dueño de un negocio que no aportó su libro de registro del IVA cuando la Agencia Tributaria se lo solicitó, la razón fue que esta persona no abrió su buzón electrónico de notificaciones con la AEA.

Ya hemos comentado que estas notificaciones se dan por leídas a los diez días de su envío, a pesar de que el receptor no sea consciente de que tiene esa información tan relevante sin leer.

Han tenido que ser los jueces los que comuniquen a la Agencia Tributaria que, si es consciente de que el contribuyente no ha visto la notificación, debe hacer un esfuerzo para que la información llegue utilizando para ello otras vías de comunicación.

Muchos autónomos podrán no ser sancionados si no han leído la notificación de Hacienda

Aún no podemos dar saltos de alegría puesto que el caso de este autónomo terminó de manera positiva porque con anterioridad ya se dio otra situación similar. Sin embargo, Hacienda no consideró que fuera algo habitual y no cambió las normas a la hora de emitir y recibir notificaciones de una sanción.

En resumen, este cambio no será automático ni afectará a todos los autónomos, sino que habrá que ir paso a paso y caso a caso. Sin embargo, la sentencia sienta precedente para que no resulte válido que Hacienda envíe una notificación y, a sabiendas de que se entiende como notificada a los diez días, el siguiente paso sea seguir con el trámite. El autónomo puede y debe recurrir.

Nada tan sencillo como enviar un correo electrónico a la dirección que aparezcan en los datos del autónomo o, enviar una carta a su domicilio comunicando la correspondiente sanción.

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