La autoliquidación del IVA trimestral es un momento temido para algunos autónomos. Aunque el trabajador sea el recaudador para Hacienda, y ese dinero no sea suyo, no siempre se cuenta con él.
Liquidar el IVA de las facturas se convierte en un dolor de cabeza cuando se aproxima el 20 de abril. Y no porque el autónomo pague tarde, al contrario.
Qué significa IVA repercutido y en qué consiste el modelo 303
El modelo 303 consiste en el pago fraccionado del IVA, por el que se abona a Hacienda trimestralmente la diferencia entre el IVA repercutido en las facturas de ventas de un autónomo y el Impuesto de Valor Añadido en facturas de gastos.
Antes de seguir, entendamos qué significa repercutir según la RAE:
Hacer que un impuesto, un coste, etc., recaiga o tenga efecto sobre otra persona distinta de la que lo paga inicialmente.
El IVA repercutido es el porcentaje de IVA que el autónomo o empresario cobra a sus clientes por los servicios prestados o los productos vendidos.
El IVA soportado es el IVA que se paga a la hora de comprar cualquier producto o servicio en el marco del desarrollo de una actividad económica.
Cuándo se presenta el modelo 303 a lo largo del año
El modelo 303, la autoliquidación del IVA se presenta en estas fechas:
- Primer trimestre (facturas de enero a marzo) hasta el 20 de abril.
- Segundo trimestre (facturas de abril a junio) hasta el 20 de julio.
- Tercer trimestre (facturas de julio a septiembre) hasta el 20 de octubre
- Cuarto trimestre (facturas de octubre a diciembre) hasta el 20 o 30 de enero.
En cuanto a las autoliquidaciones mensuales, se presentan del 1 al 30 del mes siguiente al período de liquidación, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la autoliquidación correspondiente al mes de enero.
¿Qué quiere decir: IVA a devolver?
Si un autónomo es un mero recaudador del IVA para Hacienda ¿es posible que "le salga a devolver cuando hace la autoliquidación"?
Veamos, si paga más IVA del que ha cobrado, existirán dos posibilidades para recuperarlo: la devolución o la compensación en los siguientes meses.
Si el modelo 303 del IVA trimestral es negativo y por tanto, el IVA soportado es mayor que el repercutido, podemos pedir a la Agencia Tributaria la devolución del IVA, es decir, solicitamos que nos abonen económicamente la diferencia que exista a nuestro favor.
Si las deducciones exceden del IVA repercutido, existe un saldo a nuestro favor que se puedes compensar en los períodos siguientes.
Si sigue habiendo exceso de deducciones, podremos compensarlas al año siguiente, o bien solicitar la devolución de ese exceso en la declaración de ese último período de liquidación. La devolución del IVA sólo se puede solicitar durante el cuarto trimestre.