¿Cuándo se considera que una empresa es insolvente?

¿Cuándo se considera que una empresa es insolvente?
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Desde que empezara la crisis allá por el año 2007, han proliferado las solicitudes de concursos de acreedores entre las empresas de nuestro país. Éste es un procedimiento legal que se origina cuando una persona física o jurídica deviene en una situación de insolvencia en la que no puede hacer frente a la totalidad de pagos que adeuda.

Pero, ¿cuándo se considera que una empresa está en situación de insolvencia? El diccionario de la RAE define insolvencia como la incapacidad de pagar una deuda. Sin embargo, la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en su artículo 2.4 va un poco más allá en la definición, aportando una serie de situaciones tasadas por las que la empresa está en situación de insolvencia.

La Ley distingue entre declaración de insolvencia por parte del deudor o del acreedor. Si la solicitud de declaración de concurso la presenta el deudor, deberá justificar su endeudamiento y su estado de insolvencia, que podrá ser actual o inminente. Se encuentra en situación de insolvencia inminente aquel deudor que prevea que no va a poder cumplir de manera regular sus obligaciones.

En cambio, si la solicitud de la declaración de concurso la solicita el acreedor, deberá fundarla en título por el cual se haya despachado ejecución o apremio sin que del embargo resultasen bienes libres bastantes para el pago, o en la existencia de alguno de los siguientes hechos:

  • El sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor, es decir, la existencia de obligaciones o procedimientos que sean exigibles. Este sobreseimiento debe ser definitivo, general, completo y no esporádico, simple o aislado
  • La existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor.
  • El alzamiento o la liquidación apresurada o ruinosa de sus bienes por el deudor.
  • El incumplimiento generalizado de obligaciones de alguna de las clases siguientes:
    • Las de pago de obligaciones tributarias exigibles durante los tres meses anteriores a la solicitud de concurso.
    • Las de pago de cuotas de la Seguridad Social, y demás conceptos de recaudación conjunta durante el mismo período.
    • Las de pago de cuotas de la Seguridad Social, y demás conceptos de recaudación conjunta durante el mismo período; las de pago de salarios e indemnizaciones y demás retribuciones derivadas de las relaciones de trabajo correspondientes a las tres últimas mensualidades.

En caso de que la empresa se encuentre en estado de insolvencia por alguno de los puntos mencionados, su deber será el de solicitar el concurso de acreedores dentro de los dos meses siguientes al conocimiento del estado de insolvencia.

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