Los autónomos de responsabilidad limitada, o no tanto

Los autónomos de responsabilidad limitada, o no tanto
3 comentarios

Como ya hemos indicado, la Ley de Emprendedores incluye la creación de la figura del autónomo de responsabilidad limitada. Lo que se pretende es salvaguardar de alguna manera el patrimonio del autónomo en caso de fracaso empresarial.

En el caso de los autónomos no se puede diferenciar el carácter personal del empresarial. La personalidad jurídica es única y, por tanto, los beneficios y pérdidas derivados del negocio no se pueden separar de la persona y en caso de que el negocio fracase y se generen deudas éste ha de responder directamente de ellas con su patrimonio presente o futuro.

Al limitar la responsabilidad del autónomo sobre las obligaciones generadas en su desempeño empresarial se dejará una parte de su patrimonio a salvo, para que no tenga que responder con él de las obligaciones contraidas. Sin embargo lo que se ha dado a conocer del alcance de esta medida me parece un poco escasa.

La Ley establecerá que los autónomos no responderán de las deudas derivadas de su actividad empresarial con su vivienda habitual hasta un límite de 300.000 euros, pero aún así están en una posición discriminatoria respecto al resto.

Hay que tener en cuenta que para los trabajadores por cuenta ajena, el salario mínimo interprofesional es inembargable. Este aspecto no se considera en el caso de los autónomos, es más la Administración suele recurrir al embargo de créditos y obliga a los clientes del autónomo a pagarle antes a la Administración que al propio autónomo, por tanto quedan comprometidos inclusos sus ingresos futuros.

Es más, en el caso de un autónomo que cesara la actividad y se pusiera a trabajar como asalariado cobraría, como mínimo, el SMI, pero si abriera otro negocio y siguiera de autónomo no tendría derecho a tener a salvo ese salario mínimo.

La nueva norma que promulga la segunda oportunidad intentaría que los autónomos pudieran volver a empezar y negociar las deudas antiguas para que sean pagadas cómodamente. Sin embargo ésto no afectaría a las deudas con las Administraciones, por lo que se seguirían produciendo este agravio comparativo.

Como aún ha de pasar el trámite parlamentario, sería conveniente que se revisara este aspecto y se complementara o aumentara la responsabilidad limitada de los autónomos.

En Pymes y Autónomos | Los embargos y bienes inembargables Imagen | Daquella manera

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Comentarios cerrados
    • El día que alguien de nuestros gobernantes, se le pase por la cabeza, que los autónomos no somos enemigos de nadie, será un paso al frente. Siempre que he sido autónomo he tenido la impresión de que te tratan como si fueras un individuo que estás forrado y que estás intentando defraudar a cada paso que das. Por lo tanto te martirizan con impuestos y tasas antes de empezar tu actividad, con recargos de equivalencia, con inspecciones a diestro y siniestro, y con la ausencia de derechos que cualquier asalariado tiene por su cara bonita.

      Somos gente que arriesgamos nuestro patrimonio y a veces el de nuestros familiares y amigos. Que trabajamos todas las horas, de todos los días de la semana, de todo el año. Que nos creamos nuestro propio puesto de trabajo y el de alguno mas. Que generamos riqueza. Que damos servicios. Que fabricamos cosas. Y todo, no sólo sin ayuda, sino con zancadillas por todos lados.

      En España como montes un negocio y falles, ya puedes tener el riñón cubierto porque no vas a recibir ni el más mínimo apoyo. No sólo no te van a servir los fracasos para aprender para el futuro, sino que van a ser una losa difícil de quitar.

    • Con respecto a este tema la nueva ley de emprendedores no parece que vaya a ser muy interesante para los autonomos. Como dice el articulo, el agravio comparativo con respecto al asalariado sigue existiendo.

    • Vamos que el que quiera ser emprendedor, en el primer beneficio que siga comprando lo primero la vaselina!!
      Españistan, no tenemos remedio!!

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