Como todos los años, entre el 1 y el 25 de julio se pone en marcha la campaña de presentación del Impuesto de Sociedades. Independientemente de que el plazo de presentación termine el día 25, aquellas entidades que realizen el pago mediante domiciliación bancaria, el día límite para la presentación será el día 20.
En esta ocasión la campaña de Sociedades 2010 no tiene muchas novedades, pero algunas sí son significativas. Se sube el importe de la cifra de negocios por el que las empresas puedan tributar por el régimen de empresas de reducida dimensión, que pasa de 8 a 10 millones de euros, y se establece la posibilidad de seguir tributando como empresa de reducida dimensión, durante otros tres ejercicios, aun cuando se haya superado este límite de la cifra de negocios siempre que se haya tributado en este régimen en los dos ejercicios anteriores.
Se introduce una reducción en el tipo de gravamen aplicable a las pymes cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 5 millones de euros y su plantilla media en los mismos sea inferior a 25 empleados, siempre que hayan creado o mantenido empleo. Tributando al 20% por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, y al 25% por el resto.
Para aplicar esta reducción es necesario que, durante los doce meses siguientes al inicio del periodo impositivo, la plantilla media de la entidad no sea inferior a la unidad y, además, que tampoco sea inferior a la plantilla media de los doce meses anteriores.
Además el tipo reducido de las empresas de reducida dimensión (25%) y el de las micropymes (20%) se aplicará sobre un tramo de base de 300.000 euros, cuando hasta 2010 se aplicaba solo a los primeros 120.202 euros.
El límite de cifra de negocios para eximir a una persona o entidad de documentar sus operaciones vinculadas se incrementa de 8 a 10 millones de euros, siempre y cuando el volumen global de las mismas no supere los 100.000 euros.
Se establece la posibilidad de aplicar la libertad de amortización a elementos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias puestos a disposición en este ejercicio, en los casos de creación o mantenimiento de empleo por parte de la empresa.
Se prorroga a 2011 la aplicación de la deducción por gastos o inversiones para habituar a los empleados en las nuevas tecnologías. Además, hay que tener en cuenta que las últimas bases imponibles negativas que pueden compensarse en esta declaración son las generadas en ejercicios iniciados en 1996.
Hay otras novedades que se pueden aplicar y que explicaremos en otro post.
En Pymes y Autónomos | Novedades en el Impuesto de Sociedades 2010