En su momento ya hablamos de la primera que se ha aceptado de forma unánime en la comisión de economía del congreso que consiste en poder aplazar las tasas impositivas de las facturas sin cobrar. Estas medidas siempre repercuten directamente sobre los impuestos de IRPF, Sociedades e IVA; el primero sobre todo destinado a autónomos que declaran su actividad empresarial como beneficios por actividades del trabajo, los otros dos a las personas jurídicas que constituyan una actividad concreta y se encuentren en un mal momento de liquidez como para hacer un pago al Estado.
En principio que el gobierno permita que no sólo los impuestos sino también las cotizaciones de la seguridad social para pymes se puedan apreciar puede ser una buena medida ante la falta de liquidez y más si son cantidades dinerarias que aún no han percibido, pero también debemos valorar la posibilidad de que endeudan aún más a dichas empresas.
Desde luego debemos pensar que si una empresa cuenta con el aplazamiento de estas deudas como única medida para poder mantener su actividad y de repente un día dejan de producirse no sólo no podrá seguir adelante sino que además no podrían hacer frente al pago de las mismas.
Se estaría produciendo desde luego y como dijo Bárcenas:
"Comida para hoy, hambre para mañana"
Vía | europapress Imagen | Bunnyrel