Recordando un poco, este modelo es el destinado a comunicar el resumen anual de operaciones realizas en el IVA para todos los sectores y regímenes de aplicación del impuesto que tengan la obligación formal del IVA, junto con la comunicación del saldo final de IVA de la empresa a la Agencia Tributaria. Las novedades que trae este nuevo modelo, son muy pocas, dado que se mantiene prácticamente igual al modelo de ejercicios anteriores, con la salvedad que es modelo único para todas las empresas. Por otra parte, se marca como obligatorio en el caso de presentación en papel, presentar el modelo 390 de manera conjunta con la última declaración de IVA del trimestre o del mes de diciembre.
Respecto al plazo de presentación, se mantiene el mismo plazo vigente, consistente en los primeros 30 días del mes de enero como plazo de fechas hábiles, con las excepciones previstas para hipotéticos fallos en la trnasmisión telemática de ficheros para los casos en los que la presentación de la declaración se lleve a cabo de manera telemática.
Por su parte, la Agencia Tributaria no ha puesto aún a nuestra disposición el software para la confección del modelo, tanto en papel como para la generación del fichero telemático. Esperemos que esté disponible antes de la finalización del ejercicio.