Fruto de la actual situación de crisis y consciente que falta poco para finalizar el año, vale la pena tener en cuenta algunos puntos para que la factura fiscal sea menos gravosa de lo que debiera; o en todo caso, siéndolo más, la solución resulte a largo plazo más beneficiosa.
En el caso de empresarios o profesionales (personas físicas que realizan actividades económicas), puede ser ventajoso realizar algún tipo de ajuste respecto las amortizaciones teniendo en cuenta que el IRPF es un impuesto progresivo (cuanto más beneficio generamos, más porcentaje pagamos, hasta llegar al 43%).
La amortización responde a la depreciación efectiva o pérdida de valor de un bien. Diríamos que es aquel gasto que informamos en la cuenta de resultados de la empresa y que responde a un porcentaje de la inversión (como suelen ser bienes con una vida útil superior al año, no se permite descontar todo el importe en un único ejercicio). Por ejemplo, si adquirimos un ordenador por importe de 1.000,00€ a principios de año, la amortización fiscal a practicar (gasto imputable ese ejercicio) podrá ser entre 100,00€ y 520,00€ (incluso 1.000,00€ reuniendo ciertos requisitos).
Lo primero que se nos pasa por la cabeza es descontar los 520,00€ y así aprovechar el gasto lo antes posible para pagar menos impuestos. Si bien eso es cierto, no lo es del todo, pues siendo el IRPF un impuesto progresivo, tal vez sea más provechoso aplicar la amortización mínima ese año porque el beneficio de nuestra empresa flaquea, y en consecuencia, el tipo impositivo es bajo.
Así las cosas, es más beneficioso aplicar amortizaciones mínimas, entre otros casos, cuando se inicia un negocio o el mismo está en situación de crisis (por ser el tipo impositivo del IRPF menor) para más tarde, cuando el negocio está en pleno auge o se ha solventado la situación de crisis y por lo tanto nuestro porcentaje de renta es superior, aprovechar ese gasto (en concepto de amortización) en mayor medida.
Deja para mañana lo que puedas hacer hoy.
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