Aquellos que pronosticaban que la reforma laboral era un cheque en blanco para las empresas estaban un poco equivocados. En su día ya avisamos que los térnimos de la nueva normativa creaba inseguridad jurídica y que había que esperar a su aplicación y a la interpretación de los jueces en casos prácticos para ver el alcance de la misma.
Ahora, más de un año después de su entrada en vigor, vemos que los errores de forma y de procedimiento son las principales causas por las que las empresas no se están favoreciendo de esas "presuntas" ventajas que la reforma les ofrecía.
El último caso lo tenemos con el ERE de la Televisión Valenciana, pero antes ha pasado con la interpretación de la ultractividad o con la gran cantidad de despidos objetivos que no han sido admitidos por los Juzgados de lo Social. Porque más allá del espíritu de la norma y de la presunta flexibilización del mercado laboral, lo cierto es que las empresas no están aplicando la legislación con el rigor necesario.
La falta de justificación de los motivos económicos de los despidos, los términos de la reforma eran tan ambíguos que no está resultando tan sencillo acreditar estos motivos, o la difícil aplicación de la reforma en algunos aspectos que chocan con los derechos de los trabajadores (sobre todo en el caso de la ultractividad) están suponiendo que muchas sentencias sean contra las empresas.
Pero el principal motivo de la anulación de los despidos es la unilateralidad de los procedimientos, sobre todo en el caso de los EREs. La norma exige que para que el ERE sea efectivo es necesario que haya una negociación previa con los sindicatos para establecer los términos del expediente, pero en muchos casos esto no se está cumpliendo.
No se cumple porque las empresas no realizan este trámite con una intención real de llegar a un acuerdo sino como un requisito más y los jueces no están admitiendo esa manera de proceder. La falta de voluntad negociadora por parte de la empresa y la imposición de su criterio a la hora de los despidos están siendo causa manifiesta de anulación de los EREs, y el último ejemplo lo tenemos con la televión pública de la Comunidad Valenciana.
Al final los términos de la flexibilización no suponen una "manga ancha" para que la empresa proceda a su libre albedrío y, en muchos casos, sigue prevaleciendo el acuerdo entre las partes antes que los deseos del empleador. No se trata de que la empresa no pueda aplicar la reforma sino de hacerlo de la manera ajustada a derecho.
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