La Seguridad Social aprueba una ayuda específica para los autónomos víctimas de accidente laboral

La Seguridad Social ha incluido dentro de las contingencias previstas una ayuda específica dirigida a los autónomos que sufran un accidente laboral, además de a su cónyuge, pareja o hijos. Así se ha publicado en el BOE del 13 de diciembre de 2019 según ha desvelado ATA en un comunicado.

Esta nueva ayuda se traduce en una prestación económica específica para los trabajadores autónomos que deberían servir para eliminar las barreras arquitectónicas del local donde se desarrolla la actividad, a fin de adaptarlo a las nuevas circunstancias físicas del autónomo surgidas como consecuencia del accidente.

Aunque la ayuda ya existía desde hace dos años, la nueva normativa ha eliminado el resto de ayudas que constituían el catálogo de prestaciones para trabajadores autónomos. Entre ellas, destacaba la concesión de una ayuda económica que sirviese para la contratación de un trabajador durante un año como máximo que sustituyera al autónomo accidentado durante su recuperación.

Desde este momento, las mutuas deberán incluir esta prestación dentro de su catálogo de ayudas. Entre las nuevas contingencias cubiertas se encuentran la rehabilitación y tratamiento en centros especiales del trabajador, la adaptación de su vivienda o vehículo, los gastos de desplazamiento suyos y de familiares, prótesis avanzadas, ayuda domiciliaria o cursos para la inserción laboral, entre otras.

Evidentemente, el trabajador deberá justificar el estado de necesidad, siempre y cuando haya sido originado por el accidente o enfermedad profesional.

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