Como actuar ante una notificación de Hacienda

Hay un verso de Robert Browning que, al traducirlo al español, dice “Dios está en su cielo / todo va bien en el mundo”. Algo similar puede aplicarse a Hacienda. Tras pagar en las fechas que corresponda, cuanto menor sea el contacto con la Agencia Tributaria, mejor.

Lamentablemente, a todos nos llega el día en que llega al buzón la carta de turno con ese logo tan característico. Por lo general, Hacienda solo se pone en contacto con los contribuyentes para comunicar malas noticias. Teniendo esto en cuenta, lo mejor es seguir los siguientes pasos.

En primer lugar, que no cunda el pánico. Si no hemos defraudado de forma consciente, las posibilidades que quedan son error nuestro o de Hacienda. Hay que leerse bien la carta y ver qué nos piden. Eso no suele aclarar mucho, porque estas misivas están redactadas con la capacidad literaria de un mono de feria.

Por tanto, el segundo paso es acudir a un experto. Si tenemos asesor, este nos explicará qué se nos exije, el procedimiento a seguir y, en su caso, la documentación a aportar. De no ser así, puede que sea un buen momento para contratar a un experto. Aún así, siempre tenemos la posibilidad de acercarnos a la delegación de Hacienda más cercana y pedir que nos expliquen qué quieren de nosotros. Llevad siempre con vosotros la notificación recibida, junto con cualquier documentación relacionada (por ejemplo, si se trata de un problema de IVA, es aconsejable llevar con vosotros las liquidaciones trimestrales y anuales que corresponda).

En cualquier caso, esconder la cabeza no es una estrategia válida. Si os llega una notificación, llevad a cabo los trámites que sean necesarios cuanto antes. Sobre todo, si la carta no os ha llegado por correo certificado (en mi caso, una notificación por correo ordinario, que ha llegado con un retraso de 10 días tras la fecha de emisión de esta). Tened en cuenta que, si tenéis que abonar alguna cantidad a la administración, cuanto mayor sea el retraso, mayor será el interés a abonar en concepto de recargo.

Imagen | Agencia Tributaria
En Pymes y Autónomos | Notificaciones: ese gran desconocido

También te puede gustar

Portada de Pymes y Autonomos

Ver todos los comentarios en https://www.pymesyautonomos.com

VER 7 Comentarios