Las empresas siguen sin cumplir con el depósito de cuentas en plazo

Tal y como se aprecia en la gráfica superior realizada por Iberinform, más de 550.000 empresas han incumplido en este ejercicio con el depósito de sus cuentas anuales en el Registro Mercantil. Recordemos, que el plazo normal de presentación es de 30 días después de la aprobación de dichas cuentas por la Junta General, por lo que en la mayoría de las empresas este plazo finaliza el 30 de julio como fecha límite.

El número de empresas que cumplen con sus obligaciones de información periódica al registro mercantil cae en picado con la crisis, basta con mirar la comparativa superior, por lo que las empresas que cesan su actividad, que cierran sus líneas de negocio, se quedan normalmente inactivas, antes que liquidar y disolver formalmente la empresa. Cuando una empresa no cumple con sus obligaciones de información, incumple la ley de sociedades por lo que los administradores y el consejo de administración pasan a ser responsables solidarios de las deudas que tenga la empresa. Este extremo es el que provoca en la mayoría de las ocasiones que la responsabilidad limitada de la sociedad se traslade al administrador de la misma.

Una empresa seria y que trabaje correctamente debe tener sus cuentas depositadas en el registro mercantil, así como toda la información a ceses, nombramientos, cambios de domicilio social o estatutarios que requieran inscripción. Trabajar con empresas que incumplen estas normas aumenta exponencialmente el riesgo de impago, dado que la impresión de empresa fantasma planea sobre ellas. Y vosotros ¿depositáis vuestras cuentas anuales en tiempo y forma?

Más Información | Iberiform En Pymes y Autónomos | La obligación de presentar las cuentas anuales,

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