Las empresas siguen sin cumplir con el depósito de cuentas en plazo

Las empresas siguen sin cumplir con el depósito de cuentas en plazo
4 comentarios

Tal y como se aprecia en la gráfica superior realizada por Iberinform, más de 550.000 empresas han incumplido en este ejercicio con el depósito de sus cuentas anuales en el Registro Mercantil. Recordemos, que el plazo normal de presentación es de 30 días después de la aprobación de dichas cuentas por la Junta General, por lo que en la mayoría de las empresas este plazo finaliza el 30 de julio como fecha límite.

El número de empresas que cumplen con sus obligaciones de información periódica al registro mercantil cae en picado con la crisis, basta con mirar la comparativa superior, por lo que las empresas que cesan su actividad, que cierran sus líneas de negocio, se quedan normalmente inactivas, antes que liquidar y disolver formalmente la empresa. Cuando una empresa no cumple con sus obligaciones de información, incumple la ley de sociedades por lo que los administradores y el consejo de administración pasan a ser responsables solidarios de las deudas que tenga la empresa. Este extremo es el que provoca en la mayoría de las ocasiones que la responsabilidad limitada de la sociedad se traslade al administrador de la misma.

Una empresa seria y que trabaje correctamente debe tener sus cuentas depositadas en el registro mercantil, así como toda la información a ceses, nombramientos, cambios de domicilio social o estatutarios que requieran inscripción. Trabajar con empresas que incumplen estas normas aumenta exponencialmente el riesgo de impago, dado que la impresión de empresa fantasma planea sobre ellas. Y vosotros ¿depositáis vuestras cuentas anuales en tiempo y forma?

Más Información | Iberiform En Pymes y Autónomos | La obligación de presentar las cuentas anuales,

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Comentarios cerrados
    • interesante

      A partir del año que viene eso se solucionará ya que la presion de una multa de entre 600 y 3000 euros "espabilará" a muchas empresas a presentarla. Como todo en esta vida, una ley sin consecuencias no sirve de nada. Hasta ahora la única consecuencia de no depositar las cuentas era la imposibilidad de registrar nada más hasta cumplir con esta obligación. Pecata minuta. A partir de las próximas hay multas monetárias. Cuantos se llevarán sorpresas???. En dos años se regulariza el tema a base de multas. El que no lo haga, me temo que se enfrentará a inspecciones en cuatro años. Al tiempo.

    • @Bakunin, esas sanciones no son nuevas. El Registro Mercantil tiene postestad para sancionar a las empresas desde hace muchos años. Pero el caso es que no conozco a ninguna empresa que hayan sancionado por este motivo.

      @Tonterías, ahí la culpa es del Registro. Tienen 15 días para inscribir las cuentas o comunicar los defectos de forma (si los hay) desde que tu depositas las cuentas.

      El caso que comentas de "unanimidad" es importante, dado que marca el carácter de aprobación de las cuentas

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    • Avatar de remo_ Respondiendo a Remo

      Efectivamente las sanciones no son nuevas, aunque nadie las aplicaba. Lo que me dijeron es que hay un especial interés, por parte de Hacienda, en que se cumplan estos plazos y se ejecuten las sanciones. Pero todo son rumores.

    • Yo cada año cumplo como un reloj el deposito de cuentas anuales. Pero este año descubro que me tenian bloqueados todos los depositos desde el año 2005 por un simple formalismo. Me llamaron diciendo que no tenia entregado ningun deposito... La verdad es que me quedé pasmado al oir semejante noticia. Lo que no entiendo es como cada año que voy a entregar las cuentas anules me cobran por dicho servicio para despues decirme que no estan entregadas (eso me dijeron ellos...) y avisarme 5 años mas tarde... Que en una instancia le falta la expresion "unaminidad" en para mi SLU....

      Ya veo que la solución pasa por llamarlos todos los dias...

      Saludos.

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