La Ley 16/2013 de 29 de octubre extiende diversas medidas temporales, aplicables en el Impuesto de Sociedades, hasta los ejercicios 2014-2015. En un principio se habían aprobado hasta 31 de diciembre del presente año.
Las medidas persiguen conseguir una mayor tributación, mediante el incremento de las bases imponibles de las grandes empresas. En esta línea, se prorrogan los tipos incrementados de los pagos fraccionados de Sociedades, así como la integración en la base de su cálculo del 25% del importe de los dividendos y rentas de fuente extranjera.
La compensación de bases imponibles se realizará atendiendo a los parámetros siguientes:
Las empresas cuya cifra neta de negocios en los 12 meses anteriores al inicio del periodo impositivo en 2014 o 2015 alcance la suma de 20 millones de euros, pero sea inferior a 60 millones, podrán compensar hasta el 50% de la base imponible previa.
Si la cifra de negocios superara los 60 millones, podrán compensar el 25%.
La limitación a la compensación de bases no resultará de aplicación en el importe de las rentas correspondientes a quitas consecuencia de un acuerdo con los acreedores no vinculados con el sujeto pasivo, aprobado en un periodo impositivo iniciado a partir del 1 de enero de 2013.
También se prorroga la limitación del 40-20% de las cantidades pendientes de aplicar de la libertad de amortización, con o sin mantenimiento de empleo, para las empresas que no eran consideradas de reducida dimensión en el momento en que efectuaron las inversiones.
Se mantiene la limitación de la deducibilidad del fondo de comercio y de las deducciones por inversiones (límites del 25% y del 50% de la cuota íntegra para los periodos impositivos iniciados dentro de los años 2014 y 2015).
En Pymes y Autónomos | Resumen de novedades fiscales para 2013: el impuesto de Sociedades Imagen | Carlos Rabelo