Estábamos equivocados, la Agencia Tributaria no, pero Correos si se acaba de convertir en proveedor de correo electrónico gratuito. Las caracterísiticas de estas cuentas de correo electrónico son las siguientes: * Los titulares de las cuentas están identificados. * Las cuentas se mantendrán activas en tanto el titular no las dé de baja voluntariamente. * Los e-mails se transmitirán cifrados a/desde los servidores de Correos. * Los e-mails estarán almacenados exclusivamente en los servidores de Correos si el emisor y receptor son titulares del correo electrónico seguro. * También le facilita el envío de e-mails firmados electrónicamente y cifrados extremo a extremo, desde cualquier puesto, teniendo el certificado almacenado en un dispositivo móvil (por ejemplo, un pendrive).
Se deduce de estas caracterísiticas, que tenemos que tener firma electrónica o e-DNI para poder solicitar nuestra cuenta de correo y gestionar la misma. Por otra parte, este servidor de correo es multiaccesible, tanto de teléfonos WAP 2.0 como desde software cliente como puede ser Outlook o Thunderbird.
Por otra parte, la cuenta es única y predefinida, dado que se realiza una combinación de nuestro propio nombre y DNI o razón social y CIF. Equivale por tanto a la unicidad de una dirección postal. Lo que no me gusta; su capacidad de alamacenamiento; sólo 100 MB y eso no es útil si queremos redirigir a una cuenta segura todas aquellas notificaciones que consideremos importantes y que vayan totalmente cifradas.
La pregunta ahora es ¿es realmente útil esta cuenta de correo electrónico? La verdad, es que creo que si, por el rango de seguridad que ofrece y la identificación de los emisores y receptores. Sólo falta ver como funcionan los servidores de Correos en estos menesteres y su transposición a todo nuestro ordenamiento jurídico.
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