- En el modelo 347; la declaración informativa de operaciones con terceras personas, deberemos reflejar los importes recibidos en efectivo superiores a 6.000 €.
- Los obligados que tengan que presentar autoliquidaciones de IVA o sociedades por vía telemática, es decir todas las sociedades limitadas o anónimas, tienen que adjuntar una copia de los libros de registro de facturas expedidas y recibidas con dichas declaraciones.
- Se amplia el plazo de inspección a 24 meses.
Las consideraciones que merece el reglamento son importantes. En primer lugar, el control sobre los pagos en efectivo va cada día a más, sobre todo con la medida de los 6.000 €. A día de hoy la mayoría de empresarios no tienen seperada la tesorería de la empresa de la tesorería personal, cuestión bastante complicada por cierto, pero cuando hay que pagar, el dinero se coge de donde haya. Si unimos la medida de esta declaración, con los nuevos estados de flujos de efectivo, es bastante más que probable, que Hacienda comience a mirar con lupa la tesorería de las empresas, además del control existente sobre los ingresos y gastos.
La cuestión de aportar los libros de IVA a Hacienda, no es baladí. Esta medida va a obligar a presentar las declaraciones sin realizar alteraciones de fechas en documentos para cambiarlos de trimestre, ni nada por el estilo No obstante, no se ha definido, la forma ni el procedimiento ni el formato informático de los libros para realizar dicha presentación. Veremos a ver por donde nos salen...
En definitiva, para aquellas pequeñas sociedades, que os recuerdo que en España son la inmensa mayoría, la medida lo único que va a conseguir es entorpecer la labor de administración de la PYME durante el ejercicio que comenzamos. Aquellas empresas que no tienen un departamento de administración lo suficientemente cualificado, serán las más perjudicadas, porque, cuanta más burocracia se cree, más gastos a la empresa y peor desarrollo de la actividad. Bastante tiene el empresario con preocuparse de cobrar las facturas, como para declarar si fue cobrada en efectivo o no.
Foto: El País - AFP