Prorroga de los ERTE, por qué una reciente sentencia judicial puede cambiar el modelo actual y el tablero de negociaciones

Una reciente sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Barcelona ha avalado el despido objetivo de una trabajadora por causas relacionadas con el impacto económico del Covid-19. De esta forma no se tiene en cuenta el artículo 2 del Real Decreto Ley 9/2020 a la hora de dar la razón al trabajador en un despido. Y esto supone un cambio en el tablero de las negociaciones de la prórroga de los ERTE, que precisamente se están negociando en estos momentos y con los representantes de las empresas intentando modular la posibilidad de despidos.

Esta es la razón por la cual todavía no se ha firmado la prórroga. Están de acuerdo en la extensión hasta el 31 de mayo, en las condiciones y exenciones que se facilita a las empresas en las cotizaciones a la Seguridad Social. Y el principal escollo no era otro que la posibilidad de despedir a un trabajador sin tener que devolver todas las exenciones de todos los empleados, y solo las de aquellos a los que se ha despedido.

Una sentencia que lo puede cambiar todo

La realidad es que la sentencia del Juzgado de lo Social 1 de Barcelona estimaba que el artículo 2 del Real Decreto Ley 9/2020 de 27 de marzo, es contrario al derecho de libertad de empresa consagrado en el artículo 16 de la Carta Europea de Derechos Fundamentales como en el artículo 38 de la Constitución y incumpliendo con ello la legislación comunitaria. No es un sentencia firme, por lo que no crea doctrina y otros juzgados podrían dictar otras en sentido opuesto, según las circunstancias. Sin embargo es un buen refuerzo a los argumento de la patronal para flexibilizar las condiciones en las que poder despedir.

Porque aunque sea un cambio de reglas respecto a los acuerdos precedentes, es cierto que las condiciones ahora no son las mismas que cuando se firmó el primer acuerdo de los ERTE. Pocos podían pensar que casi un año después íbamos a estar en la situación actual, con las empresas peor que hace un año, ya que además de fuertes restricciones a su actividad, muchas ya suman una deuda que será muy complicado de amortizar en los próximos años.

La situación de muchas empresas ha cambiado y los ERTES tal y como están planteado ya no les sirven

De la crisis de liquidez inicial se ha pasado a una crisis de viabilidad, ya que la deuda contraída compromete el futuro de muchas de ellas. Este y no otro es el motivo para reclamar la posibilidad de despido sin devolver ayudas. Pero esto deja también en mal lugar a las empresas que prefirieron lo acogerse a este tipo de ERTES y apostar por los ETOP, que no tienen exenciones y en principio si es posible despedir.

Pero también Gobierno y sindicatos tienen su parte de razón. No se pueden dar ayudas para mantener el empleo y que luego con esas mismas ayudas se acaba financiando los despidos de otros trabajadores. Además en su momento ya se flexibilizó y se incluyó la posibilidad de despedir, pero solo para empresas que estuvieran al borde la quiebra.

Encontrar el término medio

Tal vez por este lado se podría alcanzar algún tipo de acuerdo y que ambos salieran satisfechos. Por un lado se logra mantener a las empresas a flote y por otro no se pierden más empleos por el cierre de la misma. Lo complicado es encontrar este punto medio en la negociación.

Si no se llega a un acuerdo lo más probable es que se prorroguen los ERTE tal y como están hasta finales de marzo, aunque no se cierre con la venia de la patronal. Y lo cierto es que tanto empresas como trabajadores que vean como han perdido su empleo finalmente si los negocios no aguantan abiertos.

Imagen | RyanMcGuire en Pixabay

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