¿Qué va a cambiar con la derogación de la reforma laboral? (III) La prioridad de los convenios de empresa sobre los sectoriales

Después de haber analizado los primeros dos puntos incluidos dentro del acuerdo entre el PSOE, Unidas Podemos y EH-Bildu para la derogación de la reforma laboral, el último de ellos de los que tenemos constancia es eliminar la prioridad de los convenios de empresa sobre los convenios sectoriales en caso de concurrencia.

Una medida que ya estaba incluido en la reforma laboral de 2011. Esta norma está regulada en el artículo 84.2 del Estatuto de los Trabajadores, y la reforma de 2012 vino a reforzar esta regulación, otorgando preferencia absoluta a la negociación colectiva de empresa, eliminando cualquier intento de condicionamiento laboral desde la negociación sectorial.

En su momento, se entendía que esta modificación en materia laboral debería ser más beneficiosa para los trabajadores, pues se otorgaba una prioridad a todo lo que estuviese más cercano a la realidad laboral entre la empresa y los trabajadores como parte importante de los convenios de empresa.

Sin embargo, los sindicatos sostienen que esta regulación es más perjudicial para los trabajadores, porque las secciones sindicales no tienen tanto poder de negociación en el ámbito de empresa como lo pueden tener los sindicatos a nivel sectorial. De hecho, pueden ofrecer mejores condiciones en los convenios sectoriales que en los convenios de empresa.

El objetivo de esta derogación es suprimir este aspecto tan importante que en la actualidad está reflejado en el Estatuto de los Trabajadores para dar más importancia a los convenios sectoriales sobre los convenios de empresa. De esta manera, los sindicatos opinan que los trabajadores volverían a recibir los derechos que la reforma laboral les arrebató.

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