En la entrada anterior de esta serie hemos visto como funciona el confirming. Aparentemente es algo muy bonito para el proveedor: el cliente te busca una solución para adelantar las cantidades, con el aval de un Banco, agilizando los procesos, y sin tener que vincularte a dicha entidad. Pero todo ésto, que puede ser aparentemente cierto, debe tener un motivo, una compensación o justificación. Una ventaja para otros que puede llegar a ser un inconveniente para nosotros.
Para empezar, e independientemente de otros motivos, uno de los principales para que una empresa ceda sus pagos a un Banco, con el fin de que este se los gestione por confirming, suele ser financiero. Si bien es cierto que deberá firmar pólizas y demás, también lo es que dicha política se enmarca dentro de la negociación empresa-banco, y que como veremos, dadas las ventajas que supone para el Banco, acaba repercutiendo en una mejora de condiciones generales para la empresa que cede pagos en confirming. Si no queda claro, lo repito. Los Bancos suelen mejorar las condiciones financieras a aquellas empresas que optan por pagar a traves de un confirming suyo, supone un paso muy importante en la vinculación con la entidad financiera. Pero es que además, esa mejora financiera se ve engrosada por la cesión de comisiones que el Banco suele pactar con su cliente. Esto lo veremos mejor desde la óptica del Banco.
Para el Banco, conseguir que un cliente suyo (generalmente grandes y buenas empresas) emita confirmings a través del mismo, es algo goloso. Se asegura un lazo muy fuerte con la empresa, que deberá centralizar sus saldos allí, que deberá firmar un póliza que cubra el riesgo por el total de pagos en curso, etc. Sin ánimo de ser exhaustivos, quizás la principal ventaja es que dicho confirming le permite acercarse a los proveedores de su cliente de un modo muy ventajoso frente a la competencia. En primer lugar se trata de un documento que, técnicamente no es un efecto comercial, y por tanto no se puede descontar (y si se hace, o algo similar , ya veremos que tiene su peligro), por lo que su anticipo en la competencia esta dificultado. Ademas, el emisor del confirming le asegura el cobro. Evidentemente todo esto se paga. y es que el confirming suele ser sustancialmente mas caro que el mejor descuento comercial al que podamos optar con la competencia bancaria. Estamos hablando de tipos altos y de comisiones relativamente fuertes (estas son las comisiones que son parcial o totalmente cedidas a la empresa de la cual se emite confirming).
Esta claro que podremos negociar con el Banco emisor del confirming, especialmente si como suelen desear, y es otra de las ventajas para él en dicha operativa, consigue incorporarnos como cliente vinculado a su cartera. Pero es evidente que nuestra posición negociadora con el proveedor financiero esta debilitada desde el inicio. Como señalaba en el post anterior, toda ventaja lleva su servidumbre.
Frente a ello, algunos optan por el contra-confirming. Bien a través de lineas de crédito, anticipando las facturas y luego casando su vencimiento con la gestión de cobro de los confirmings, bien factorizando las propias facturas objeto de confirming. Pero ésto tiene un inconveniente que debemos reseñar, y es que, por regla general, si no anticipamos el confirming el pago no queda garantizado. Es decir, si lo presentamos al cobro, como un cheque, como un efecto en gestión de cobro, si hay dinero nos pagarán y si no no, con el agravante de que no se trata de un efecto con fuerza ejecutiva. Esta claro que todo esta ordenado a que anticipemos el efecto y contribuyamos al negocio financiero de nuestro cliente y de su Banco.
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