Ayer 17 de mayo se publicó en el BOE la Orden EHA/1246/2011, de 9 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondientes al ejercicio 2010. A través de esta orden se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.
Las principales novedades para este ejercicio son las que afectan al tratamiento de las operaciones vinculadas y la necesidad de documentar dichas operaciones.
Respecto a este tipo de operaciones hay que reseñar que en el modelo 200 de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes no hay obligación de informar sobre las operaciones vinculadas, cuando no exista la obligación de documentarlas según la reforma aprobada en 2010.
La orden aprueba los modelos de liquidación y pago de las distintas modalidades, que no sufren variación sobre los del ejercicio anterior:
Modelo 200: Documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre Sociedades.
Modelo 206: Documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)
Modelo 220 (formato electrónico): Documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre Sociedades–Régimen de consolidación fiscal.
Previa a la presentación de la declaración, se solicitará información adicional, que se suministrará a través del formulario que figura en el Anexo III del modelo 200, cuando el importe de la deducción generada en el ejercicio (con independencia de que se aplique o quede pendiente para ejercicios futuros), sea igual o superior a 50.000 euros en las siguientes deducciones:
Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios (artículo 42 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a la casilla 138 de la página 16 del modelo de declaración): se deberán identificar los bienes transmitidos y los bienes en los que se materializa la inversión.
Deducción por inversiones medioambientales (artículo 39 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a la casilla 792 de la página 17 del modelo de declaración): se deberán identificar las inversiones realizadas.
Deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica (artículo 35 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a la casilla 798 de la página 17 del modelo de declaración): se deberán identificar las inversiones y gastos que originan el derecho a la deducción.
Deducción por actividades de exportación (artículo 37 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a la casilla 813 de la página 17 del modelo de declaración): se identificarán las inversiones y gastos que originan el derecho a la deducción.
El plazo para la presentación y el pago de estos impuestos será del 1 al 25 de julio, ambos inclusive. Si bien para aquellos contribuyentes que opten por el pago a través de domiciliación bancaria el plazo será del 1 hasta el 20 de julio de 2011, ambos inclusive.
En Pymes y Autónomos | Novedades en el Impuesto de Sociedades 2010