Fue la noticia estrella de 2023, los autónomos que ganen menos de 85.000 euros dejarán de pagar el IVA. Las negociaciones que llevaron a cabo entre los técnicos del Ministerio de Hacienda y los representantes de las asociaciones de autónomos duraron meses, muchos meses
Las cosas de palacio van lentas por lo que hasta 2025 no entrará en vigor el nuevo régimen especial de franquicia en el IVA, una normativa basada en la Directiva (UE) 2020/ 285, llevamos varios años de retraso y España es el único país que no tiene este régimen activo.
Lo venimos contando desde marzo del año pasado, este plan consiste en crear un régimen de franquicia que beneficie a los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales. Veamos las características de esta normativa que agilizaría y simplificaría los trámites fiscales de muchos pequeños negocios y autónomos.
El IVA Franquiciado y la exención de pagar el IVA para los autónomos
El IVA franquiciado no es otra cosa que un régimen especial del Impuesto sobre el Valor Añadido cuyo fin es simplificar las obligaciones fiscales de algunos autónomos y de empresas de pequeño tamaño. De ahí, que ganar menos de 85.000 euros anuales sea el principal requisito para poder acogerse a él.
¿Qué ventajas tiene el IVA franquiciado? Para empezar, los trabajadores por cuenta propia no tendrán que realizar las declaraciones trimestrales del IVA, es decir, dejarían de ser recaudadores para Hacienda, además de poder emitir facturas donde no figure ningún tipo de IVA a sus clientes.
Como parte positiva, este cambio permitirá que sus precios puedan ser más competitivos. Esta próxima reforma para los autónomo se traduciría en un entorno equitativo para las grandes y pequeñas empresas porque estarían sujetas al mismo umbral de desgravación del IVA.
El Régimen de Franquicia es optativo para los autónomos y pequeños negocios
Hay un dato a tener en cuenta, el hecho de que entre en vigor en 2025 no significa que todos los autónomos que ganen menos de 85.000 euros anuales deban dejar de pagar el IVA trimestral y no incluirlo en sus facturas. Se trata de una decisión individual, y existe la posibilidad de seguir en el régimen convencional.
Si un autónomo opta por el régimen del IVA franquiciado, no podrá aumentar su volumen de negocio en más de un 10%. De todas formas, como con todas las normativas que no han entrado en vigor, lo mejor será esperar a 2025, puesto que la Unión Europea podría permitir que cada estado sea el que decida si este porcentaje es de un 10% o un 20%.
Es importante que mientras se aprueba la norma, reflexionemos sobre las desventajas o inconvenientes de acogerse a este régimen especial. Por ejemplo, si ya no existe el IVA tampoco se podrá deducir el IVA soportado. Y pensemos que hay muchos trabajos que no conllevan demasiados gastos, pero hay otros que sí y esa deducción habrá que analizar si es superior al ahorro que supone eliminar el IVA de las facturas.