Esta modificación de las cuotas de IVA a pagar junto con los porcentajes mínimos de tributación por las operaciones corrientes ya ha sido ajustada y la verdad es que es un ajuste importante el que se ha llevado a cabo. Esta nueva tabla de tipos de IVA aplicables estará vigente desde el 14 de abril al 30 de junio, dado que a partir del 1 de julio, todos los parámetros de los módulos del IVA tienen que volver a rectificarse. En este sentido, el software para el cálculo de módulos requerirá varias actualizaciones en el año, tal y como comentamos cuando la AEAT puso a nuestra disposición el software para el cálculo de los módulos.
Comprobando algunos epígrafes, la reducción en los criterios de cómputo de IVA devengado es muy importante y también se ha modificado sustancialmente el tipo mínimo de cuota devengada, reduciéndose en un 10% de media. Ahora sólo falta que terminemos de aclarar cuando se aplicará el tipo reducido y cuándo, extremos que no están nada claros todavia.
Vía | Orden EHA/1059/2010 que reduce el IVA en módulos En Pymes y Autónomos | Módulos 2010: publicada la orden del ministerio de Economía Imagen | Xanetia