Dentro de unos meses se producirá una noticia que muchos están esperando. Hacienda sacará a subasta entre 200 y 300 licencias nuevas de estancos, es decir, de expendedurías de tabaco y timbres (sellos). Es un momento adecuada para recordar brevemente cómo podemos montar un estanco.
Hay cosas evidente pero que conviene recordar. Estamos hablando de una concesión administrativa, no existe en España (salvo Canarias) la distribución libre del tabaco a nivel minorista, siendo esta absolutamente reglada. Esto nos lleva a que para poder acceder a dichas licencias tengamos dos vías.
Por un lado subastas como las descritas, que se producen de ciento en viento. De hecho esta es la primera subasta, ya que el anterior proceso, del 2003 era realmente un concurso de méritos. En este caso, con el nuevo sistema que estamos publicando, estamos hablando de una subasta, o lo que es lo mismo, que una vez cumplidos los requisitos mínimos de ubicación, local, etc...el ganador será aquel que reluce una puja más alta.
La otra vía es comprar la licencia a sus actuales titulares. Esto se puede realizar directamente o bien recurrir a multitud de empresas y gestoras especializadas en mediar en este tipo de operaciones. Este tipo de empresas suelen encargarse también de verificar cifras de facturación (algo que en este sector es más bien sencillo), así como en conseguir financiación a través del contacto con entidades financieras especializadas en estas operaciones.
Sobre el negocio del tabaco muchas consideran que es una suerte de bono sobre el que te sientas y vas cortando el cupón. Me temo que aunque las acciones de marketing y comercialización estén profundamente restringidas, a pesar de que el margen este reglado para todo el mundo, etc, siempre habrá diferencias entre unos y otros estancos en función de la labor gerencial del establecimiento que se notará en el local, en la comercialización a través del llamado segundo canal (hostelería), en las propias habilidades comerciales de los empleados del establecimiento, marcan la diferencia.
A todo esto, es evidente que el cambio del método de concurso por el de subasta tiene una finalidad recaudadora. Y también, que no sería de extrañar que en los próximos años se produjese una suerte de ampliación de los puntos de venta con el mismo interés, y con la incidencia que pudiese tener en la recaudación de los establecimientos ya existentes.
Vía | El País Más información | Borrador Real Decreto, estancosyloterias.es En Pymes y Autónomos | Los estancos podrán importar tabaco y venderlo por internet Imagen | Orse