Actualmente, es competencia exclusiva de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado la autorización de la organización y celebración de sorteos, loterías, rifas, combinaciones aleatorias y, en general, cualquier apuesta cuyo ámbito de desarrollo o aplicación exceda de los límites territoriales de una concreta Comunidad Autónoma, y las apuestas deportivas, sea cual sea su ámbito territorial, así como la liquidación de las tasas correspondientes. En el caso de sorteos, rifas o concursos de ámbito autónomico, las autorizaciones administrativas corresponden a las distintas Consejerías de Economía Hacienda, por lo que la aprobación de este real decreto, elimina esta competencia exclusiva para los sorteos gratuitos y las distintas acciones de marketing que pueden llevarse a cabo mediante esta fórmula.
Por contra, si siguen sujetos a autorización administrativa todos los sorteos y rifas que requieran el pago de una contraprestación económica, colocando como ejemplo los distintos sorteos de pisos o empresas que se han realizado últimamente.
A nivel empresarial, se favorece la entrada dentro de la legalidad a muchas pymes que han realizado campañas de marketing mediante sorteos que no han contado con la correspondiente autorización como es por ejemplo, el sorteo de viajes para dos personas, estancias de hotel y otro amplio catálogo de premios reclamo vinculados a las ventas de las distintas empresas.
Vía | La Moncloa En Pymes y Autónomos | Traspaso de negocios meddiante sorteos, Promociona tu negocio: sorteos entre los clientes Imagen | Fernan0