Los cambios introducidos con la puesta en marcha del nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos, también modifica las limitaciones que tenían los autónomos mayores de 47 años.
En España hay más de 1 millón de autónomos de más de 47 años que, con la evolución de la pirámide generacional, irán creciendo en importancia en los próximos años, sobre todo porque se trata de personas que necesitan tener asegurada una cotización suficiente para afrontar una jubilación digna.
Qué pasaba con los autónomos mayores de 47 años hasta ahora
Hasta el 31 de diciembre de 2022, con el anterior sistema, los autónomos dados de alta en en el RETA que tuvieran 47 años o más eran considerados un colectivo aparte, y como tal, tenían restricciones en la cantidad que podían cotizar.
Concretamente, lo que se hacía era limitar la base máxima de cotización que podían elegir, con lo que así se topaba la cantidad de dinero que podían aportar a la Seguridad Social.
Esto evitaba que cotizaran muy poco al principio de su vida laboral y, cuando se acercara su jubilación, subieran la cuota para recibir una pensión mayor. Ahí le ponían el tope.
Por ejemplo, en 2022, los que tenían cumplida la edad de 48 o más años, sólo podían elegir la base de cotización entre 1.035,90 y 2.113,20 euros.
Cómo funciona la cuota de autónomo para mayores de 47 años en 2023
Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, se elimina cualquier restricción al elegir las bases de cotización en función de la edad del autónomo.
Por esto, los autónomos mayores de 47 años harán como el resto de autónomos, fijar su base de cotización, y por tanto, su cuota de autónomo, sólo por los rendimientos netos de su actividad empresarial o profesional.
A partir de este 2023, la Seguridad Social fija 15 tramos de ingresos en los que se tiene que encuadrar en autónomo según los rendimientos estimados.Los tramos para 2023 son:
Esto implica que existe una base mínima de 751,63 euros y una máxima de 4.139,40 euros, pero el autónomo, independientemente de su edad, elegirá, en el tramo que le corresponda por el rendimiento neto estimado, entre las bases de cotización mínima y máxima de ese tramo.
Esto hará que cotice, según sus estimaciones de ingresos y, al final de año, la Seguridad Social le regularizará en función de lo que haya declarado a Hacienda.
Por esto, la Seguridad Social le reclamará al autónomo, lo que le haya faltado por cotizar o le devolverá el exceso, pero siempre en función de sus ingresos reales y no de su edad.
Ya no hay topes de cotización según la edad de los autónomos
Como conclusión, se debe tener claro que a partir de este año 2023 la única restricción que limitará la cotización que realizarán los autónomos mayores de 47 años será el beneficio que obtenga con su negocio, siendo la base cotización máxima que se puede elegir de 4.139,40 euros, eso siempre que el autónomo tenga un rendimiento neto mayor de 4.050 euros al mes.
En este sentido, se elimina el tope a los mayores de 47 años, pero se limita la libertad de elección de base de cotización, ya que a partir de ahora, cotizarán más los que obtengan mayores rendimientos de su actividad como autónomo.