Como ya adelantó UPTA en una nota publicada en enero las recomendaciones del Pacto de Toledo afectarían al colectivo de los autónomos negativamente. Específicamente, la modificación del período de cómputo para el cálculo de la pensión de quince a veinticinco años perjudicaría a un colectivo que ya cuenta con una pensión media inferior en un 41% a la correspondiente al Régimen General.
Por tanto, lo que va a resultar incuestionable es que la brecha en términos de protección social de los autónomos se agrandará con respecto al resto de los trabajadores. En este sentido las reformas adoptadas al no haberse producido de un modo gradual en el tiempo tampoco permite mejorar la carrera de cotización de los autónomos en fases de edad anteriores.
Que la edad legal de jubilación se retrase de los 65 a los 67 años realmente no tiene una repercusión directa, en este sentido es como en el Régimen General, pero unido a la norma de cómputo de 38,5 años, sin lugar a dudas es una buena noticia para rebajar la factura del Estado en esta partida.
Además, el mensaje que subyace es que antes o después, de hecho, más antes que después, el sistema depensiones será un sistema mixto de capitalización privado, es decir, planes de pensiones y público, basado en el criterio de reparto. Por tanto, no será extraño ver como en los próximos meses florece el mercado de los fondos de pensiones.
Hecho que sin duda el sistema financiero agradecerá infinitamente, pues no sólo permite recaudar dinero que no estará disponible para el impositor hasta el muy largo plazo, sino que además permite incrementar sus ingresos en conceptos de comisiones por depósito, administración, etc. y sobre todo ahora que los fondos de inversión han dejado de ser la gallina de los huevos de oro que venían siendo años atrás.
Imagen | rileyroxx Vía | UPTA En Pymes y Autónomos | Pensiones