La Ley de Paridad, aprobada por el Gobierno entra en vigor hoy, 22 de agosto. En principio, se trataba de una normativa para favorecer a los trabajadores que solicitaran un cambio en su jornada para poder conciliar. Sin embargo, a causa de un "error lamentable", en palabras de la ministra de Igualdad, Ana Redondo, las empresas tendrán vía libre para despedir a un trabajador que pida un permiso para cuidar de un familiar.
Ese permiso de cinco días para poder atender a familiares enfermos o que hayan sufrido un accidente, blindaría al trabajador frente a un despido ya que se consideraría nulo. Pero, por una omisión en el texto, el despido pasa a ser improcedente, es decir, sería legal que un empresario despidiera a un trabajador mientras concilia.
La ministra ha declarado frente a esta rocambolesca situación que se trata de un "error lamentable" y que será en septiembre cuando se solucione este detalle. ¿Qué ocurre mientras tanto? Entre trabajadores y empresarios reina la incertidumbre de no saber qué implicarán las decisiones de unos y otros mientras rectifican la ley.
El Comité Europeo de Derechos Sociales, en contra de esta fórmula que no disuade al empleador ni compensa a la víctima de despido
La conciliación es uno de los problemas que más afecta a mujeres y hombres trabajadores, no sólo con relación a los más pequeños, sino con los mayores de la familia.
Esta nueva ley venía a mejorar la calidad de vida, pero a causa de este fallo, las solicitudes para asegurar y blindar el puesto de trabajo, se han traducido en una apuesta cargada de miedo a qué pueda suceder con su empleo.
Si echamos un vistazo al Estatuto de Trabajadores, los empresarios pueden prescindir de sus empleados por causas disciplinarias, o por razones objetivas, técnicas, organizativas o económicas. La clave reside en que puedan justificar y demostrar esas causas.
Y si no se diera el caso, tienen otra salida: es más cara pero asumible, hablamos del despido improcedente, con una indemnización de 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades.
¿Qué personas trabajadoras tienen un blindaje especial por determinadas situaciones? Las mujeres embarazadas, personas con reducción de jornada o excedencia por cuidado de personas a cargo o que estén disfrutando de los permisos de maternidad, paternidad o lactancia. La empresa no podrá despedir a estos trabajadores, tal y como recoge Autónomos y Emprendedores.
La Ley de Paridad que hoy entra en vigor, resta protección a los trabajadores que buscan conciliar
Con la modificación de la Ley de Paridad, las personas que hubieran solicitado el permiso de cinco días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de la pareja de hecho, parientes hasta segundo grado o convivientes y quienes hubieran pedido o estén disfrutando de una adaptación de jornada, ven vulnerados sus derechos puesto que esta protección desaparece hoy.
Como se trata de un error, tanto desde Trabajo como Igualdad intentarán solucionar de una manera rápida el vacío legal en el que se encuentran todos los trabajadores en las situaciones mencionadas, donde la conciliación era un derecho que no implicaba la pérdida de su trabajo.
Desde ambos ministerios, tratan de tranquilizar asegurando que tanto Inspección de Trabajo y Seguridad Social harán uso de sus facultades para evitar cualquier discriminación en el ámbito laboral.