El porcentaje de retención en facturas y las previsiones de la declaración de la renta


Nos ha llegado una consulta muy interesante sobre el porcentaje de retenciones que se aplican los nuevos profesionales y las consecuencias fiscales que puede tener este tipo de retención reducida en la declaración de la renta. Copio textual:
Soy un chico de 25 años que acaba de empezar a trabajar como autónomo (...) En el IRPF tengo que poner en mis facturas para que al hacer la declaración de la renta no me lleve un susto. Se que por ley es un 7% pero no se si es suficiente para que al hacer la declaracion no tenga que pagar mucho o me devuelvan. No tengo nada en posesion, vivo en casa de mis padres y soy soltero.
Este post tiene varias vertientes importantes, muchas de ellas, sobre la preferencia de la cantidad a realizar en los pagos fraccionados.
El primer punto radica en que el tipo del 7% de retención es voluntario. Es decir, el tipo general de retención para actividades profesionales es del 15%. Si se cumplen los requisitos de inicio de actividad y no haber desarrollado en el año anterior actividades profesionales, se puede aplicar el 7%. Pero si el contribuyente quiere aplicar el 15% no pasa absolutamente nada.

El segundo punto, que es el nucleo de la duda, radica en el importe de la renta a pagar el siguiente año. Obviamente un 7% de retención no tiene porqué ser ni alto ni bajo a priori, dado que no sabemos la estimación anual de ingresos ni los gastos deducibles de la actividad.

En este sentido, cualquier autónomo debe realizar una estimación de la cuota fiscal global, al menos trimestralmente. Para realizar estas operaciones basta con usar cualquier simulador dde IRPF. A mi me gusta bastante el simulador de IRPF de Actibva, completo y sencillo de manejar.

Por último, mucha gente prefiere que la renta le salga a devolver. Yo personalmente prefiero que me salga a pagar, porque eso es síntoma que yo he tenido mi dinero más tiempo y he podido aplicarlo para otros fines. Sobre esta postura, cada cual tiene sus preferencias, sin olvidar que también se puede presentar el modelo 130 de manera voluntaria aunque nuestros ingresos están sujetos a retención.

En Pymes y Autónomos | El funcionamiento del modelo 130
Imagen | Las fotos de Julio

También te puede gustar

Portada de Pymes y Autonomos

Ver todos los comentarios en https://www.pymesyautonomos.com

VER 3 Comentarios