Nos preguntaba Manuel hace unos días si las empresas en módulos tienen la obligación de presentar el 347 a partir del próximo mes de marzo. Y dada la importancia del tema, he considerado oportuno contestarle en un post.
La respuesta inicial es que No, pero con muchos matices dado que hay situaciones que pueden hacer que sea que Si. Vayamos por partes para que esto no se parezca a un trabalenguas.
En primer lugar, esta modificación viene impuesta por el RD 1065/2007, que en su artículo art. 32 excluye expresamente de la obligación de la presentación de este modelo a las empresas en módulos y que simultáneamente tributen en el régimen simplicado del IVA o recargo de equivalencia.
Pero no quedan excluidas aquellas operaciones por las que no estén incluidas en estos regímenes asi como aquellas operaciones por las que se emita factura. Es decir, si un empresario en módulos y en el régimen simplicado del IVA emite facturas si está obligado a presentar el modelo 347.
Pensemos por ejemplo un bar que tribute en módulos. Por los tickets de caja no va a presentar el modelo 347, pero si a algún cliente le ha emitido facturas y el total de éstas supera los 3.005,06 euros si tiene la obligación de presentar este modelo.
Por otra parte, tengamos en cuenta también que no todos los empresarios en módulos que emiten facturas van a tener esta obligación. Si la empresa en módulos se encuentra también sujera a la retención del 2% del IRPF, no tendrá que realizar el modelo 347, dado que la relación de facturas realizadas ya la presenta el retenedor.
Pensemos en actividades de transporte en estimación objetiva, un fontanero, un electricista o incluso los rendimientos agrícolas repercutidos por cooperativas que también están sujetos a retención.
Como vemos, no se puede realizar una generalización sin estar al estudio de cada caso concreto, pero lo que es obvio que todos los empresarios que están en módulos se encuentran un poco perdidos con esta cuestión y la mayoría no han tenido la precaución de llevar una contabilidad ordenada al respecto de la emisión de facturas.
Más Información | RD 1065/2007 Reglamento General de Actuaciones (PDF)
En Pymes y Autónomos | Nuevo modelo 347: importantes cambios para este ejercicio