Emitir una factura con errores es algo más habitual de lo que parece. Y, en ocasiones, las empresas o los autónomos que lo hacen no saben cómo proceder. Los modernos sistemas de facturación permiten corregirlas o eliminarlas directamente en el software, pero, en realidad, no se debe proceder de esta manera.
A continuación, te contamos qué debes hacer si te equivocas al emitir una factura.
Qué hacer si emito una factura con errores
Lo primero que debes saber es que las facturas no deben ser corregidas ni eliminadas como si nadie hubiese visto nada. El Reglamento de Facturación establece un procedimiento para corregir las facturas con errores.
En realidad, existen dos formas para hacerlo: las notas de crédito y las facturas rectificativas. La diferencia entre ambas es que, mientras que la factura rectificativa segunda puede corregir una factura incluso después de haber sido liquidado el IVA en su declaración trimestral correspondiente, algo que no es posible hacer con la nota de crédito.
Nota de crédito
La nota de crédito es un documento comercial que tiene validez legal que emite el vendedor o proveedor de un servicio, para anular una factura o realizar una corrección en ella, como resultado de un saldo a favor del comprador.
Las notas de crédito se pueden emitir en papel o en formato electrónico. En ella, deberás hacer referencia a la factura que anulas, con los importes y las cantidades en negativo. No debes tirar la factura original, sin importar que la factura que anule o modifique lleve el número uno o el número dos.
Factura rectificativa
La factura rectificativa también sirve para anular una factura mal emitida y, como hemos dicho, también sirve para corregirla incluso cuando ya se ha efectuado la liquidación del IVA. Sigue una lógica diferente a la nota de crédito, y sus características son las siguientes:
- Has de aclarar que se trata de una factura rectificativa.
- La numeración deberá seguir una serie diferente a la factura original (por ejemplo: ?Rectif. 01?), a diferencia de la nota de crédito.
- Debes especificar el tipo impositivo y la cuota repercutida. No olvides que en la factura rectificativa no has de hacer constar el IVA, aunque en la original sí lo hagas.