Posiblemente, en algún momento has oído hablar de la autofactura pero no tienes ni idea de qué es y en qué ocasiones se puede recurrir a ella.
Ponte en situación, eres un profesional autónomo, prestas un servicio y a la hora de facturar, a lo mejor tienes la posibilidad de que la empresa que ha sido tu cliente pueda emitir una autofactura en tu nombre.
¿Qué es una autofactura?
Los empresarios, ya sean autónomos o no, tienen la obligación de emitir factura cuando se realiza un trabajo o se vende un producto, pero la Agencia Tributaria permite que en ciertas ocasiones se emita una autofactura.
Una autofactura, es una factura normal, pero con la particularidad que no la emite el proveedor sino el cliente. Es como si se intercambiaran los roles, y el obligado a expedir la factura no fuera el vendedor o prestador del servicio sino el destinatario de los mismos.
Es una forma de facilitar la emisión de factura a ciertos tipos de empresarios, como comisionistas o subcontratas.
Qué requisitos se deben cumplir para emitir una autofactura
La Agencia Tributaria es la que establece los requisitos para la emisión de autofacturas, que vienen regulado en el Artículo 5, del reglamento de facturación.
- Comunicarlo a Hacienda a través de una declaración censal.
- Que exista una acuerdo previo entre ambas partes para la emisión de la autofactura, donde lo normal sería tenerlo por escrito para evitar problemas.
- Cada factura debe ser objeto de aceptación por parte del empresario o profesional que haya realizado la operación, por lo que debería estar claro y acordado ese protocolo de aceptación entre proveedor y cliente.
- Las facturas serán expedidas en nombre y por cuenta del empresario o profesional que haya realizado las operaciones.
- Que, en ese intercambio de roles, se haga llegar una copia de la autofactura a la empresa que realizó la venta o prestó el servicio.
Contenido de la autofactura
Las autofacturas deben cumplir con los mismos requisitos de contenido que la factura ordinaria e incluir toda la información fiscal de la operación, pero con alguna especificidad.
Debe incluir la numeración, la fecha de expedición, los datos fiscales del cliente y del proveedor, los conceptos de los los servicios prestados o productos vendidos, los importes brutos y netos y los impuestos aplicables, tal y como se establece en artículo 6 del Reglamento de facturación.
Aparte de este contenido habitual de una factura, la autofactura tiene las dos siguientes particularidades:
- Vienen encabezadas por el término “Facturación por el destinatario”.
- El número de la factura será de una serie distinta a las facturas ordinarias, debiendo tener series distintas para cada proveedor al que se autofactura.
¿La autofactura me evita obligaciones como autónomo?
Como te hacen la autofactura no tienes que darte de alta en Hacienda y Seguridad Social: Negativo. No tiene nada que ver.
Aunque no hagas tú la factura, debes tener claro que no es una opción que evite que te des de alta en Hacienda.
Puede que la empresa para la que prestas el servicio haga una autofactura, pero eso no significa que no sigas manteniendo tus obligaciones ante la Seguridad Social, pagando tu cuota de autónomo y ante Hacienda, presentando las trimestrales.
Como conclusión, debes tener claro que aunque la autofactura sea una buena opción para facilitarte las cosas, no te puedes desentender de tus obligaciones, e incluso aunque la emita alguien ajeno a tu empresa, debes preocuparte por tener una copia de la misma e incluirla en tus liquidaciones de impuestos.