El cierre patronal ¿es posible en España?

Los aficionados a los deportes están al tanto de que la liga profesional americana de baloncesto (NBA) ha estado suspendida por el cierre patronal. El cierre patronal es una suspensión colectiva del trabajo, realizada por el empresario, que lleva aparejada la clausura temporal del centro de trabajo. ¿Es posible llevar a cabo un cierre patronal en España?

Todos tenemos claro que los trabajadores tienen derecho a la huelga, el cierre patronal sería una especie de huelga de empresarios y la legislación laboral de nuestro país permite esta situación en unos casos muy específicos, si bien el cierre patronal no está recogido como derecho fundamental, mientras que el de huelga sí.

El cierre patronal puede ser agresivo, cuando el empresario toma la iniciativa suspendiendo los contratos de trabajo a fin de mantener las condiciones laborales o crear otras más favorables a la empresa, o puede ser defensivo, como respuesta a una situación de huelga o conflicto colectivo.

El Derecho del Trabajo en España sólo permite el cierre patronal defensivo y siempre teniendo en cuenta que se den las siguiente condiciones:

  • Que haya una ocupación ilegal del centro de trabajo o peligro cierto de que se produzca.
  • Que haya notorio peligro de violenca para las personas o de daños graves para las cosas.
  • Que la inasistencia o las irregularidades en el trabajo dereivadas de la huelga de trabajadores inpidan gravemente la actividad de la empresa.

En estos casos el empresario deberá comunicar a la autoridad laboral competente los hechos y hacerlo en el plazo de doce horas desde su puesta en práctica y el plazo necesario estimado para asegurar la reanudación de la actividad de la empresa. El cierre patronal puede finalizar por propia iniciativa del empresario, a instancias de los trabajadores o por requerimiento de la autoridad laboral.

En cuanto a los efectos de cierre patronal, si éste es legal se suspenden los contratos de trabajo de todos los trabajadores. Si el cierre fuera considerada ilegal el empresario estará obligado a reabrir el centro de trabajo y abonar los salarios dejados de percibir, además de hacer frente a las posibles sanciones administrativas.

En Pymes y Autónomos | ¿Puede un empresario autónomo hacer huelga? Imagen | gaelx

También te puede gustar

Portada de Pymes y Autonomos

Ver todos los comentarios en https://www.pymesyautonomos.com

VER 0 Comentario