La Seguridad Social oficializa la obligación de cotizar por los becarios

A principio de 2011 se aprobó un decreto que obligaba a las empresas a pagar la cotización a la Seguridad Social de los becarios. Meses después, en noviembre, otro decreto anulaba el anterior y se volvía a la situación inicial, pero en junio de este año una sentencia del Tribunal Supremo reconocía a lo estudiantes universitarios que realizan prácticas laborales en empresas y lo hacía con efecto retroactivo, obligando a las empresas a pagar las cotizaciones no satisfechas desde noviembre de 2011.

Ahora la Seguridad Social oficializa la obligación de cotizar por los becarios. Una resolución de 19 de agosto de 2013, publicada en el BOE el pasado día 30, establece los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social de los participantes en programas de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados, que, vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, conlleven contraprestación económica para los afectados.

Se procede a la integración en el Régimen General de la Seguridad Social, como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, de las personas que participen en los referidos programas de formación que incluyan la realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades y no tengan carácter puramente lectivo, siempre que tales prácticas no den lugar al establecimiento de una relación laboral.

Hay que hacer notar que la cotización de los becarios incluirá las mismas contingencias que cualquier otro trabajador adscrito al Régimen General excepto el desempleo.

La resolución establece que aquellas empresas que hayan tenido becarios desde el 28 de junio de 2013 dispondrán de plazo hasta el 30 de septiembre de 2013 para la presentación, de manera excepcional, de las altas y bajas de la Seguridad Social que correspondan.

Por otro lado se autoriza a realizar el ingreso de las cuotas correspondientes a los meses de junio a agosto de 2013 hasta el día 31 de octubre de 2013.

La norma no habla en ningún caso del efecto retroactivo, más allá del mes de junio (el de la sentencia del TS). Eso sólo corresponde a los casos particulares que han sido tratados por los Juzgados y en virtud de las sentencias dictadas por éstos.

La retirada de la norma inicialmente aprobada se debía a las presiones de las Universidades, que veían que la obligación de cotizar podría suponer un freno a la hora de que las empresas siguieran ofreciendo becas al cambiar las condiciones. El tiempo dirá si eso es así.

En Pymes y Autónomos | Los becarios podrán comenzar a cotizar desde el primero de noviembre Imagen | laembajada

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