Estas son las nuevas bonificaciones a contratos que entran en vigor el 1 de septiembre de 2023

Estas son las nuevas bonificaciones a contratos que entran en vigor el 1 de septiembre de 2023
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A principios de año el Gobierno publicaba el Real Decreto-Ley 1/2023 de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral, en el cual se establecían una serie de bonificaciones a las empresas que contraten a personas de determinados colectivos.

Estas ayudas a la contratación consisten en la bonificación de las cuotas de la Seguridad Social que paga la empresa o el autónomo por el trabajador, y entran en vigor este 1 de septiembre de 2023.

¿Qué empresas se pueden acoger a estas bonificaciones?

Pueden hacer uso de estas bonificaciones todas las empresas, incluidos los autónomos, además de las sociedades laborales o cooperativas por la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo, así como las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro.

Para ello, uno de los requisitos que se les exige a estas empresas es mantener en situación de alta al trabajador al menos 3 años desde la fecha de inicio del contrato, transformación o incorporación del trabajador bonificado.

Nuevas bonificaciones a la contratación que entran en vigor

Este cambio normativo trae consigo la derogación o modificación de las bonificaciones existentes hasta el momento. Además, se establecen cantidades fijas al mes como bonificación y casi todas para contratos indefinidos.

Para las empresas aparecen nuevos requisitos en cuanto a estar al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social, no estar inhabilitada para obtener subvenciones y ayudas públicas y para las de más de 50 empleados, contar con un plan de igualdad.

Las principales bonificaciones son las siguientes:

Personas con capacidad intelectual límite

Contratos a personas en situación de discapacidad, al menos un 20% de discapacidad intelectual y que no alcancen el 33%. La bonificación consiste en 128 euros  al mes durante 4 años.

Personas trabajadoras readmitidos tras haber cesado por incapacidad permanente

Estos contratos están bonificados con 138 euros al mes durante 2 años.

Igualmente, esta bonificación también será de aplicación en los casos de personas mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría y a personas mayores de 55 años que recuperen su capacidad y pudieran ser contratadas por otra empresa.

Personas en riesgo o situación de exclusión social

Para los contratos a personas en situación de exclusión social en general la bonificación es de 128 euros al mes durante 4 años.

Además, se bonificará el primer contrato de personas en situación de exclusión social tras la finalización de un contrato con una empresa de inserción. La bonificación es de 147 euros al mes durante un período máximo de 12 meses ampliable por 3 años más por una cuantía de 128 euros al mes.

Mujeres víctimas de violencia de género, de trata de seres humanos, de explotación o violencia sexual o laboral,  mujeres en contextos de prostitución.

Los contratos realizados a mujeres que se encuentren en esta situación están bonificados con un importe de 128 euros al mes durante 4 años.

Víctimas del terrorismo

La bonificación a la contratación de víctimas del terrorismo asciende a 128 euros al mes durante 4 años.

Desempleados de larga duración

Los contratos a personas desempleadas de larga duración, serán bonificados con 110 euros al mes durante 3 años y 128 euros al mes cuando estos contratos sean de mujeres o personas de 45 o más años.

Jóvenes en el Sistema de Garantía juvenil

Los contratos a personas jóvenes menores de 30 años con baja cualificación y que estén inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cuentan con una bonificación de 275 euros al mes durante 3 años.

Contratos de duración temporal por sustitución

Existen varios supuestos en los contratos por sustitución:

  • Los contratos a personas desempleadas menores de 30 años en desempleo para las sustitución de autónomos de baja por riesgo durante el embarazo, riesgo en la lactancia, nacimiento o cuidado del menor lactante, tendrán una bonificación de 366 euros al mes durante el periodo de sustitución.
  • Los contratos de duración determinada que se celebren con personas jóvenes desempleadas, menores de 30 años, para sustitución de personas trabajadoras que estén percibiendo las prestaciones económicas por riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, por nacimiento y cuidado del menor o la menor o ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante. Esta bonificación es de 366 por mes durante la sustitución.
  • Los contratos a personas desempleadas menores de 30 años en desempleo para sustituir a una persona de baja por riesgo durante el embarazo, riesgo en la lactancia, nacimiento o cuidado del menor lactante, tendrán una bonificación de 366 euros al mes durante el periodo de sustitución.
  • Los contratos a personas desempleadas con discapacidad para sustitución de trabajadores con discapacidad que tengan suspendido su contrato de trabajo por incapacidad temporal, tendrán una bonificación de 366 euros al mes durante el periodo de sustitución.

Bonificaciones para favorecer la conciliación

Además se prevé bonificaciones en la cotización de las personas trabajadoras sustituidas:

  • Personas trabajadoras sustituidas durante el nacimiento, cuidado del menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia, tendrán una bonificación de 366 euros al mes durante el período en que se superpongan el contrato de sustitución y la prestación para la cotización de personas trabajadoras, socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas.
  • Personas trabajadoras en situación de riesgo en el embarazo o la lactancia, o adaptación de puesto de trabajo por una enfermedad profesional, tendrán una bonificación de 138 euros al mes durante el cambio de puesto.

Formación en alternancia

En los contratos de formación en alternancia, la bonificación es de 91 euros al mes, además dan derecho a una bonificación de 28 euros al mes en las cuotas de la persona trabajadora a la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta

Igualmente, para estos contratos se establece, además, el importe de 1,50 euros por alumno/hora de tutoría por los costes derivados de la tutorización de las personas trabajadoras. Para el caso de empresas con menos de 50 trabajadores, la bonificación será de 2 euros por alumno/hora de tutoría.

Transformación en contratos indefinidos

Existen varias opciones para transformar contratos formativos, de relevo y prácticas en indefinidos:

  • Para la transformación de contratos formativos en indefinidos a la finalización de su duración inicial o prorrogada, la bonificación es de 128 euros al mes durante 3 años, en el caso de mujeres, la bonificación será de 147 € al mes.
  • En el caso de transformación en indefinidos de contratos de relevo, la bonificación es de 55 euros al mes durante 3 años. Esta bonificación será de 73 euros al mes para mujeres.
  • Para la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas, la bonificación será 138 euros al mes durante 3 años.

Incorporación de personas trabajadoras desempleadas a cooperativas y sociedades laborales

Para la incorporación de personas trabajadoras desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales la bonificación es de 73 euros al mes durante 3 años.

Si se trata de personas menores de 30 años o personas menores de 35 años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, la bonificación será de 147 euros al mes durante el primer año, y de 73 euros durante los dos años siguientes.

Contratación de personal investigador predoctoral

Los contratos de personal investigador predoctoral están bonificados con 115 euros al mes por la durante la vigencia del contrato.

Transformación de contratos temporales agrarios

Transformación en contratos fijos-discontinuos de contratos temporales suscritos con trabajadores por cuenta ajena agrarios, la bonificación es de 55 euros al mes durante 3 años, si se trata de mujeres, la bonificación será de 73 euros al mes.

Prolongación de contratos fijos-discontinuos en turismo, comercio y hostelería

Para el caso de prolongación del periodo de actividad de las personas trabajadoras con contratos fijos-discontinuos en los sectores de turismo, comercio y hostelería, se establece una bonificación de 262 euros al mes durante los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año.

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