¿Por qué es tan necesaria una ley de segunda oportunidad?

Una de las medidas que, a mi juicio, más importancia han tenido dentro de Ley de Emprendedores que se ha anunciado el Viernes en Consejo de Ministros, pero que al mismo tiempo, ha pasado más desapercibida, es la creación de la figura del autónomo de responsabilidad limitada y la regulación de la segunda oportunidad empresarial, figuras que ya existen en otros países de nuestro entorno pero que, inexplicablemente, aún no existían en España.

Hasta ahora, los trabajadores autónomos y, en general, toda deudor que no tenga responsabilidad limitada de sus deudas (cualquier personas física) responde de ellas con todo su patrimonio presente y futuro, hasta que finalmente se salde la deuda pendiente. Con esta medida, se pretende proteger al trabajador autónomo blindando la parte de su patrimonio que no exceda los 300.000 euros, que será inembargable.

A la responsabilidad del deudor sobre sus obligaciones se refiere el artículo 1911 del Código Civil, que dice lo siguiente:

Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros

He querido subrayar la palabra futuros porque es precisamente la que supone el mayor problema para los deudores. Lo que quiere decir este artículo del Código Civil es que el deudor, mientras mantenga la deuda viva con sus acreedores, tendrá que liquidar sus bienes actuales y los bienes que obtenga en el futuro para saldarla.

Una situación terrible para el deudor, ya que en caso de concurrir en estas circunstancias, queda automáticamente excluido de la sociedad, y nunca va a poder rehacerse de esta situación. En el momento que vaya a adquirir cualquier bien, éste queda automáticamente embargado y destinado a satisfacer la deuda (exceptuando el salario mínimo interprofesional, que es inembargable).

Precisamente por este motivo se hace necesario equiparar la responsabilidad limitada a sociedades y a trabajadores por cuenta ajena e incluso personas físicas. Todo ello, acompañado con modificaciones en la Ley Concursal que regule la insolvencia empresarial para pequeños empresarios e incluso personas físicas, son medidas que van en la buena dirección.

El fracaso empresarial no puede ser una sentencia de muerte, sobre todo si tenemos en cuenta que los autónomos y muchas personas físicas que se encuentran en esta situación son deudores de buena fe que, por circunstancias sobrevenidas, se quedan desamparados y con una deuda de por vida. De hecho, una ley de segunda oportunidad serviría también para solucionar parte de los problemas que existen actualmente con los desahucios como una alternativa a la dación en pago retroactiva.

Imagen | p1nkp4nt3r En Pymes y Autónomos | Los autónomos de responsabilidad limitada, o no tanto

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