Desde hace ya varios años la Dirección General de Tráfico puso en marcha su sistema de notificaciones electrónicas. Dicho sistema es voluntario para los ciudadanos, pero debía ser obligatorio para las empresas o personas jurídicas y lo hace a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV) y tendrán el mismo efecto jurídico que tendría la notificación en papel en el domicilio que le consta a la DGT.
Dicha norma se retrotrae a 2016, pero la DGT concedió una amplia moratoria para ponerlo en marcha de forma obligatoria para las empresas que acaba en breve. Será a partir del 1 de noviembre cuando las obligación de relacionarse telemáticamente con la administración será un hecho y no se notificará ya en la dirección postal.
¿Cómo nos notifica la DEV?
La notificación a ese buzón electrónico se complementa con un aviso a tu correo electrónico y, además un mensaje vía SMS al teléfono móvil dado de alta en el sistema si así se ha optado por ello. Estos datos se pueden cambiar en todo momento al modificar la suscripción. Para acceder al buzón se necesita certificado electrónico, DNIe o estar de alta en el sistema Cl@ve.
Además para poder firmar las notificaciones se requiere el uso del programa Autofirm@, hoy por hoy, ya un estándar en la relación de las empresas con la administración electrónica.
En caso de que la empresa no se haya dado de alta en la DEV de forma voluntaria, la DGT procederá a asignarle una DEV de oficio, donde le notificarían las sanciones, por ejemplo. Una empresa solo puede darse de baja de la DEV en caso de empresa extinguida, absorbida, fusionada o que ha cambiado de datos y que sigue recibiendo notificaciones en la DEV.
La DEV permite acreditar la fecha y hora en que se produzca la puesta a disposición del denunciado del acto objeto de notificación, así como el acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales. Si una notificación es puesta a disposición de la empresa en la DEV y transcurren 10 días sin que se acceda a su contenido, se entenderá que ha sido rechazada.
¿Por qué nos interesa estar de alta en la DEV?
Lo cierto es que si no accedemos a las notificaciones vamos a perder la oportunidad tanto de recurrir la sanción, como de realizar un pago con reducción si no queremos recurrir.
Pero también puede darse el caso de tener que identificar al conductor del vehículo en una sanción. Y si no lo hacemos a su debido tiempo la cuantía de la sanción se ve incrementada. Esto además de otras muchas cuestiones administrativas, como puede ser la obligación de pasar la ITV o facilitar cambios de datos de forma rápida.