El 31 de marzo finaliza el plazo de para presentar el modelo 720 en Hacienda. Recuerda que puedes tramitarlo a través de la plataforma online de la Agencia Tributaria.
Este modelo de carácter informativo es una declaración de bienes y derechos situados en el extranjero. Es obligatorio tanto para las personas físicas y entidades residentes en España que tengan bienes ubicados en el extranjero. Vamos a aprender algo más sobre el modelo 720.
Qué bienes debemos declarar en el modelo 720
Es importante que tengas claro que el modelo 720 es una obligación tributaria para todos los ciudadanos que cumplan los requisitos mencionados (bienes en el extranjero)
Aunque no debemos pagar, no presentarlo es sinónimo de una infracción grave que va de la mano de sanciones, así que es importante si eres autónomo que conozcas bien los requisitos para completarlo de manera correcta.
Estos son los bienes que debemos declarar:
- Cuentas y depósitos abiertos en entidades bancarias ubicadas en el extranjero.
- Valor representativo de la participación en cualquier entidad.
- Bienes inmuebles y derechos sobre ellos, situados en el extranjero.
Los autónomos que dispongan de bienes en cuentas corrientes, seguros y valores en el extranjero por un valor que, en cada uno de ellos y de manera individual, sea inferior a 50.000 euros, estarán exentos de presentar el modelo 720.
Presentación telemática del modelo 720
La presentación del modelo 720 debe realizarse de manera telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria a través del DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN.
En el modelo 720 no se informa de monedas virtuales. La declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero no es exigible respecto al ejercicio 2022.
Sanciones por no presentar el modelo 720
Para empezar, recordemos que el plazo para su presentación es hasta el 31 de marzo, hacerlo fuera de plazo o con errores conlleva obligaciones y sanciones más duras que con otro tipo de impuestos informativos.
De hecho, en el caso de incumplir con la obligación de informar de los bienes o derechos en el extranjero, la multa se fija en 5.000 euros por cada uno de los datos que deberían estar incluidos en la declaración, con un mínimo de 10.000 euros.
Si presentamos el modelo fuera de plazo, la sanción será de 100 euros por cada datos, con un mínimo de 1.500 euros. Sin olvidar que la declaración debe presentarse sí o sí a través de la web de la Agencia Tributaria. ¿Lo tienes todo en orden?