El gasto de la formación, que suele facturar un centro de formación privado, es un gasto de personal y debe de registrarse en la cuenta 649 de otros gastos sociales.
Contabilización de la deducción de los seguros sociales de las bonificaciones a la formación
La empresa podrá practicar la bonificación a partir del mes en que finalice el curso, en el boletín de cotización del mes siguiente, o hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso. Por su parte las bonificaciones correspondientes a los Permisos Individuales de Formación podrán practicarse a medida que se abonen los salarios a los trabajadores.
Si el el importe a bonificar es superior a la cotización de la empresa, la TGSS procederá a su reembolso.
Las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social se deben registrar de acuerdo a lo indicado en la norma de registro y valoración en materia de subvenciones, donaciones y legados recibidos del Plan General de Contabilidad, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, o en su caso del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.
El asiento a registrar por la bonificación a deducir de los seguros sociales seria el siguiente:
(476) Organismos Seguridad Social acreedores
a (7401) Subvenciones por formación bonificada
(572) Bancos (si el saldo es a pagar)
Sin embargo, la consulta 5 del BOICAC Nº 94/2013 nos da la opción de minorar el importe de las cuotas a la Seguridad Social, tendiendo en cuenta el principio de importancia relativa cuando la variación que ocasione este registro contable sea poco significativa.
Imagen | Recuerdos de Pandora
En Pymes y Autónomos | Objetivo saldo cero en determinadas cuentas contables