El modelo 349 es la declaración informativa para consignar las operaciones intracomunitarias que lleva a cabo la empresa. Este modelo ve alterado su plazo natural de presentación a partir del próximo ejercicio en función del tipo de empresa que seamos y el volumen de operaciones que realicemos que tengan la obligación de incluirse en este modelo.
Actualmente, la presentación del modelo es trimestral o anual, en función de los volúmenes de operaciones que lleve a cabo la empresa. A partir del 2010 estos plazos quedan de la siguiente forma:
Con carácter general comprenderá las operaciones realizadas en cada mes natural, y se presentará durante los veinte primeros días naturales del mes inmediato siguiente al correspondiente período mensual. No obstante, la presentación podrá ser bimestral, trimestral o anual en los siguientes supuestos:
- Bimestral: Si al final del segundo mes de un trimestre natural el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deban consignarse en la declaración recapitulativa supera 100.000 euros (a partir de 2012, el límite se fija en 50.000 euros.
- Trimestral: Cuando ni durante el trimestre de referencia ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deban consignarse en la declaración recapitulativa sea superior a 100.000 euros.
Estas modificaciones van en línea con uan armonización conjunta de todos los paises que conforman el ámbito de aplicación del IVA para facilitar el control de operaciones y los hipotéticos desfases en declaraciones junto con la agilización de las devoluciones que puedan corresponder a otros territorios en los que hayamos soportado el impuesto.
Vía | Agencia Tributaria
En Pymes y Autónomos | IVA: novedades en servicios intracomunitarios