Dentro de las medidas aprobadas en 2010 se incluía la posibilidad de beneficiarse de un tipo reducido del Impuesto de Sociedades por creación o mantenimiento de empleo. ¿Qué ocurre si una empresa aplica en un ejercicio dicha deducción y posteriormente pierde el derecho a hacerlo en los ejercicios siguientes? ¿Ha de rectificar la declaración presentada y reintegrar la diferencia entre el tipo reducido aplicado y el tipo normal?
Esta deducción sería de aplicación en los ejercicios 2009, 2010 y 2011. Para ello ha de cumplirse que las empresas de reducida dimensión, con cifra de negocio inferior a 5 millones de euros y plantilla media inferior a 25 trabajadores, deben tener una plantilla media no inferior a la unidad y que no ha de ser inferior a la plantilla media de los doce meses anteriores al inicio del primer período impositivo que comience a partir de 1 de enero de 2009.
En el caso que nos ocupa podría ocurrir que la empresa pudiera aplicar esa reducción en el ejercicio 2009, al mantener o incrementar su plantilla con respecto a 2008, y que en el ejercicio 2010 hayan cambiado las circunstancias de la empresa y haya reducido su plantilla por lo que ya no tendría la posibilidad de aplicar esa reducción en el Impuesto de Sociedades de ese ejercicio.
Con respecto a lo declarado en 2009 y la aplicación del tipo reducido, la normativa indica que los requisitos para la aplicación de la escala se computan de forma independiente en cada uno de esos períodos impositivos.
Por tanto, si se diera esta situación, la empresa habría aplicado correctamente la reducción y no debería modificar los términos del Impuesto ya declarado. El incumplimiento posterior de los criterios que facilitan la reducción no presupone que haya que cambiar las declaraciones presentadas en los ejercicio anteriores.
De la misma manera, si en el ejercicio 2011 se volvieran a cumplir los criterios establecidos y la plantilla media de la empresa volviera a ser igual o superior a la de 1 de enero de 2009, la empresa podría volver a aplicar el tipo reducido en el Impuesto de Sociedades de 2011.
En Pymes y Autónomos | Deducción en el impuesto de Sociedades por creación de empleo
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