Siempre hay que acogerse a la tarifa plana de 80 euros de autónomo si puedes. Esta es la explicación matemática

Con la llegada del nuevo sistema de cotización para autónomos en 2023, se estableció un nuevo marco para los trabajadores por cuenta propia, como cotizar por ingresos reales. Otro de esos cambios fue la tarifa plana para los nuevos emprendedores, que pasó de 60 euros a 80 euros al mes.

Miles de nuevos autónomos al darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) accedieron a esta bonificación que consiste en una cuota fija de 80 euros al mes durante el primer año, ampliable durante doce meses más siempre que se cumplan unos requisitos.

En los siguientes doce meses de actividad podrás seguir pagando los 80 euros al mes siempre que tus ingresos netos se encuentren por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). ¿Merece la pena pagar el segundo año los 80 euros si prevés que ganarás más? Te lo contamos.

Comunicar a la Seguridad Social la renuncia a la Tarifa Plana si superas el SMI

Los autónomos deberán comunicar a la Seguridad Social su renuncia a la Tarifa Plana en el segundo año si sus ingresos se sitúan en 15.876 euros al año, que en 2024 corresponde al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) tal y como recoge Autónomos y Emprendedores.

Si te vieras en este caso, deberías regularizar tu situación con la Seguridad Social para abonar las partes de la cuota que no han sido pagadas porque optaste por seguir disfrutando de la Tarifa Plana.

¿Merece la pena renunciar a la prórroga de los 80 euros al mes? Sí, si el recargo económico no implica pagar una cantidad desorbitada.

Veamos, imagina que ganas al mes 1.500 euros durante tu segundo año de actividad como autónomo, es decir, superas el SMI que serían 1.134 euros por lo que, según los tramos, deberías pagar como cuota 294 euros al mes.

Al ganar 1.500 euros al mes la cuota mensual como autónomo asciende a 294 euros en 2024.

En este caso, si siguieras pagando la Tarifa Plana, deberías abonar a la Seguridad Social la diferencia de todas tus cuotas durante el siguiente año, tras hacer la declaración de la RENTA. Hablamos de 214 euros al mes que es la diferencia de los 294 euros que deberías haber pagado de cuota y los 80 euros que habrías abonado disfrutando de la Tarifa Plana.

¿Siempre es mejor acogerse a la Tarifa Plana si eres un nuevo autónomo?

¿Es mejor seguir siempre con la Tarifa Plana y prorrogarla el segundo año como nuevo autónomo? Depende, porque si la solicitas, se te concede y te equivocas en la estimación de tus ingresos el segundo año y supera con creces el SMI es interesante renunciar y comenzar cuanto antes a abonar la nueva cuota que te corresponde.

En el caso de seguir ingresando una cantidad inferior al Salario Mínimo Interprofesional, entonces sí, pero recuerda que la prórroga no se activa sola, deberás gestionarla tú o tu asesoría desde este enlace y realizar el trámite.

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