¿Tienes un plan de pensiones? Así te afectará la nueva reforma que reducirá las comisiones

Los planes de pensiones se han convertido en un instrumento alternativo y complementario a la pensión pública. No cabe duda que, de un tiempo a esta parte, y debido en gran medida a la incertidumbre en torno al sistema público de pensiones, la mayoría de trabajadores han optado por instrumentos alternativos para dar cobertura a su jubilación, como los planes de pensiones.

De hecho, y aunque todavía estamos lejos de los países comunitarios en lo que a ahorro privado se refiere, la captación de capitales en torno a estos instrumentos se ha incrementado de manera significativa en los últimos años. Sin embargo, y aunque los planes de pensiones son el instrumento idóneo para jubilarnos, continúan siendo un vehículo ante el cual muchos se muestran, todavía, bastante escépticos, especialmente debido a sus altas comisiones y a su elevada iliquidez, ya que solo pueden ser reembolsados ante determinados supuestos muy rígidos, como la jubilación o una invalidez permanente.

Para solucionarlo, el Ministerio de Economía ha doblado su apuesta. Este pasado lunes ha anunciado una modificación bastante sustancial del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, en dos frentes fundamentales: por un lado, una reducción en las comisiones pagadas y por otro, permitirá rescatar las aportaciones en el plazo de 10 años, sin más explicación que la libre voluntad.

Menos comisiones, más rentabilidad

Dependiendo del tipo de plan que tengas, las comisiones máximas de gestión y depositaria se reducen de manera significativa:

  • Para un plan de pensiones de renta fija, el más conservador, las comisiones máximas bajan desde el 1,5 al 0,85%.
  • Para un plan de pensiones de renta fija mixta, un producto intermedio entre renta fija y variable, que actualmente es el más contratado, las comisiones máximas se reducen desde el 1,5 al 1,3%
  • Para el resto de planes, la comisión máxima aplicable será del 1,5%.

De este modo, Luis de Guindos calcula que la comisión media de los planes de pensiones será del 1,25%, bastante por debajo de las comisiones medias aplicadas actualmente. Esta reducción de comisiones, evidentemente, aumentará la rentabilidad del plan, siempre y cuando el gestor estuviese ya aplicando comisiones superiores a estas nuevas comisiones máximas. En el caso de la renta fija, el Ejecutivo cifra esta reducción en un 60 %.

Las comisiones de los planes de pensiones se reducirán de forma significativa cuando entre en vigor la modificación del Reglamento

Se podrá rescatar el plan a los diez años

Aunque esta era una medida que ya había sido aprobada en la reforma fiscal de 2015, el reglamento necesario para articularlo se encontraba pendiente de desarrollo. Así, con esta modificación, definitivamente se abre una ventana de liquidez a partir del décimo año, sin más explicación que la libre voluntad del partícipe, y en las mismas condiciones que el resto de supuestos que dan derecho al reembolso de los derechos consolidados del plan.

El resto de condiciones no sufren alteración

En cuanto al resto de características y condiciones de los planes de pensiones, hay que decir que se mantienen inalteradas, especialmente desde el punto de vista fiscal.

Por un lado, se mantiene el derecho a deducción en el IRPF para las aportaciones realizadas a un plan hasta un máximo de 8.000 € o el 30% de los rendimientos netos de un contribuyente. Por otro, el rescate del plan tributa en su totalidad como si los derechos consolidados fuesen rendimientos del trabajo, de acuerdo al tramo que corresponda.

¿Cuándo entrará en vigor?

Actualmente, el proyecto se encuentra en fase de audiencia pública, desde el 13 de noviembre hasta el 4 de diciembre, en el cual se podrán presentar alegaciones. Después, el resto de ministerios harán aportaciones a la normativa y finalmente se llevará al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva y su publicación en el BOE. Según los cálculos del propio ministerio, este proceso podría llevar unos seis meses así que, en cualquier caso, no veremos estos cambios aprobados hasta 2018.

En Pymes y Autónomos | ¿Es posible cobrar la pensión de jubilación si se tienen deudas con la Seguridad Social?

Imagen | stevepb

También te puede gustar

Portada de Pymes y Autonomos

Ver todos los comentarios en https://www.pymesyautonomos.com

VER 0 Comentario