La mayoría de autónomos cotizan por la base mínima en España. Esta realidad, que normalmente tiene como consecuencia unas coberturas sociales reducidas, con su máximo exponente en una pensión pírrica y muy por debajo de la de un asalariado, normalmente tiene como causa unos bajos ingresos y una nula capacidad por parte del trabajador para mejorar sus coberturas.
O al menos eso es lo que nos han vendido. Sin embargo, este no es el único motivo. Las razones que impulsan a los autónomos a cotizar por la base mínima son muchos y muy variados, y no se explican únicamente por unos bajos ingresos. Estos son algunos de ellos.
Desconfianza en la Seguridad Social
Cada vez son más las voces que ponen en entredicho el sistema de la Seguridad Social. El propio Gobierno ya ha admitido que el actual sistema de reparto, tal y como está confeccionado en la actualidad, solo es viable por los próximos diez años.
Ante este panorama tan desolador, muchos trabajadores ya desconfían de que vayan a recibir una pensión pública en el futuro, especialmente los más jóvenes. Y si bien las pensiones han estado siempre en la agenda política de todos los partidos (demasiados votos como para echarlos a perder),lo cierto es que medidas como el factor de sostenibilidad o el factor de equidad intergeneracional no contribuyen a mejorar la imagen del sistema.
Todavía no cuenta para mi jubilación
El periodo de cómputo para la jubilación abarca 21 años en 2018, y aumentará de forma progresiva hasta los 25 años en 2022. Un horizonte demasiado lejano para muchos jóvenes (y no tan jóvenes) que acaban de iniciar su actividad profesional.
No nos engañemos. Los trabajadores comenzamos a pensar en nuestra jubilación bastante más adelante, y como mínimo cuando nuestra cotización ya influya en nuestra pensión futura. Mientras tanto, es natural que nadie se plantee cotizar por una base más elevada. De hecho, el RETA obliga, en algunos supuestos, a los autónomos que hayan cumplido 47 años a aumentar su base de cotización por encima de la mínima.
Ya cotizo en otro régimen diferente
Son muchos los trabajadores que trabajan en pluriactividad, es decir, cotizando por dos regímenes diferentes al mismo tiempo. Lo más habitual es el caso de un trabajador asalariado, cuya empresa ya cotiza por él, y que está también dado de alta en el RETA. Hay que decir que aunque ya estés cotizando en el Régimen General, estás obligado a hacerlo también en el RETA si tienes una actividad profesional.
Ahora bien, en este caso, podrás elegir tu base de cotización, que en la mayoría de casos será la mínima, porque ya estás cotizando en otro régimen (y posiblemente, por una base más alta). De hecho, la Seguridad Social no permite que la suma de las aportaciones efectuadas a la Seguridad Social por ambos regímenes sea superior a 12.368,23 euros. El exceso de cotización será devuelto al trabajador de forma automática por la Seguridad Social.
Quiero invertir en otros instrumentos
La desconfianza en la Seguridad Social hace que muchos se planteen ahorrar por su cuenta, en instrumentos de ahorro e inversión creados para tal fin: planes de pensiones, seguros de ahorro, fondos de inversión, seguros de vida, etc. Algunos de ellos ofrecen ventajas fiscales y la posibilidad de acumular un capital importante a lo largo de la vida laboral.
Por eso, y dado que existe la posibilidad de elegir la base de cotización, muchos deciden crearse un plan individualizado de ahorro en lugar de que sea otra entidad de previsión social pública quien les gestione su futuro. Por un lado, porque la capitalización compuesta puede acabar arrojando buenos resultados a largo plazo y, por otro, porque en algunos instrumentos es posible recurrir a este capital si lo necesitamos.