El próximo uno de septiembre, los autónomos pueden cambiar su base de cotización. La base de cotización se realiza mediante el pago de la cuota de autónomo. Y esta dependerá, en cada caso, de la base de cotización que elija.
Desde enero de 2023, un trabajador por cuenta propia puede elegir entre 15 tramos (fijados por sus ingresos reales) que tendrán una base mínima y máxima de cotización.
La importancia de la base de cotización
La base de cotización sirve para valorar el acceso a las prestaciones de la Seguridad Social, como la prestación por desempleo, el paro, las pensiones contributivas, como la pensión de jubilación la pensión por incapacidad.
Si se cotiza por la base mínima, el importe del subsidio a cobrar por el autónomo va a ser inferior que si lo hace por un valor más elevado.
Es una fórmula fácil y sencilla, pero en ocasiones, dependiendo de las circunstancias personales, el autónomo cotiza por la base mínima por no poder hacer frente a la cuota de autónomo mensual.
Solicitud cambio bases de cotización
Los trabajadores por cuenta propia pueden cambiar su base de cotización hasta seis veces al año, en las siguientes fechas:
- 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
- 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
- 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
- 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
- 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
- 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
La solicitud de cambio de base puede realizarse en el servicio Base de cotización y rendimientos disponible en el Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social o en el Sistema RED.
Junto con la solicitud de cambio de base se deberán declarar los rendimientos netos mensuales esperados.