Hablamos en muchas ocasiones sobre la importancia que tiene escribir. Toda web, todo blog, una red social necesita palabras. Escribir es uno de los oficios más difíciles y peor valorados. ¿Qué ocurre cuando escribir va de la mano de que te quiten la pensión?
¿Es la cultura menos popular y está peor vista que cualquier otro trabajo? La noticia sobre la retirada de la pensión de un escritor ha saltado con nombre propio, el de Javier Reverte, al que acaban de hacer una entrevista en la radio.
Mencionamos a este escritor, pero podría ser el caso cualquier otro, debe devolver el dinero que corresponde a cuatro años de jubilación. Y no tiene esa suma. Un escritor puede invertir un año en redactar una novela y que nadie se la publique, por ejemplo. Es decir, los ahorros si no eres un escritor de renombre, brillan por su ausencia.
Según la Ley, ingresa más por los libros que escribe que como pensionista. Y a su vez, su pensión es la que le permite poder escribir y cubrir gastos.
Según la ley que entró en vigor el pasado enero de 2013 estos ingresos no pueden superar el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) es decir, 9.000 euros.
Hacienda recauda más de un 40% de todo lo generado por un escritor y Empleo no consiente que sus derechos de autor no sean declarados.
La cuestión es que escribir no es sólo cosa de nombres reconocidos con premios o mediáticos. Son muchas las personas que tras jubilarse, deciden escribir o continuar con ello, por ejemplo, un periodista con una pensión de 700 euros al mes, que decida impartir algún taller o que por suerte, venda más libros de lo esperado, verá amenazada su pensión.
Por supuesto, hay personas en este país que viven con menos al mes, pero eso no debiera ser excusa para que un escritor se vea obligado a dejar de escribir, cuando es una actividad que se puede seguir llevando a cabo sin importar la edad.
Esta situación tiene su origen en la decisión del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de 2012 que establece que los profesionales de la creación mayores de 65 años que deseen continuar desarrollando su actividad tienen dos opciones.
Cobrar su pensión pero renunciando a percibir una retribución por sus cursos, conferencias y derechos de autor que su obra genere si con ello supera en ingresos el SMI anual bruto, fijado en 9.000 euros.
Seguir percibiendo los derechos de autor, pero renunciando entonces a su pensión contributiva y no contributiva.
En su momento autores y representantes de diferentes entidades de gestión, entre ellos Javier Reverte o Forges, exigieron en una declaración presentada en el Ministerio de Cultura la compatibilidad de la percepción de pensiones con los rendimientos del trabajo derivados de su actividad creativa.
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Imagen|Jagoba Barron