
El límite para los pagos en efectivo vuelve a estar en el centro del debate. Una vez más, la AEAT ha recordado las restricciones establecidas por la Ley 11/2021 de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que limita a 1.000 euros los pagos cuando al menos una de las partes actúa en calidad de empresario o profesional.
Una normativa que actualizó los anteriores importes, que permitían hasta 2.500 euros a nivel nacional y que tiene como principal objetivo establecer un marco común en Europa y luchar contra el fraude fiscal.
Prevenir el fraude fiscal
La Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, introdujo en España esta significativa reducción en el límite de pagos en efectivo, pasando de 2.500 euros a 1.000 euros.
La conocida como Ley contra el fraude fiscal, además, tiene en cuenta los pagos en efectivo, pero también las transacciones con pagos fraccionados, con el objetivo de combatir la economía sumergida.
- Establece un límite general. No pueden realizarse pagos en efectivo iguales o superiores a 1.000 euros cuando alguna de las partes intervenga como empresario o profesional
- Para los particulares con domicilio fiscal fuera de España, el límite se establece en 10.000 euros, siempre que no actúen en calidad de empresarios o profesionales.
- Para las operaciones entre particulares residentes en España, no se específica límite exacto, pero se recomienda mantener registros adecuados para evitar posibles inconvenientes fiscales.
En pocas palabras, cualquier operación en efectivo deberá tener registros claros y atenerse a los límites marcados para los movimientos en efectivo.
Las autoridades pueden investigar operaciones sospechosas, especialmente si se trata de grandes cantidades de dinero, por lo que se recomienda conservar pruebas documentales que respalden tanto el origen como el destino de los pagos.
Sanciones y denuncias
Incumplir esta normativa se considera una infracción administrativa grave, castigada con una multa equivalente al 25 % del importe pagado en efectivo que supere el límite permitido.
Además, es importante señalar que la responsabilidad en estos casos es compartida: tanto quien paga como quien recibe son responsables solidarios de la sanción.
La AEAT ha señala que existe una excepción: si una de las partes denuncia voluntariamente la operación ante Hacienda en un plazo máximo de tres meses.
Transferencias bancarias
El principal objetivo de la ley es que las actividades empresariales queden, cada vez, más sujetas a las transferencias vía bancaria.
Por ello, en España no existe un máximo legal para transferencias entre particulares, si bien los bancos tienen la obligación de informar sobre transferencias superiores a 10.000 euros y movimientos en efectivo (ingresos o retiradas) superiores a 3.000 euros.
Estas medidas buscan identificar operaciones irregulares vinculadas con el blanqueo de capitales o el fraude fiscal, por lo que contar con documentación justificativa también es esencial en estos casos.
Economía transparente
La estrategia española se está generalizando por toda Europa. Así, Francia, Portugal y otros estados miembros de la Unión Europea han adoptado medidas similares para limitar el uso del efectivo, y la Unión Europea valora imponer un límite general europeo de 10.000 euros, aunque permitiendo a cada Estado miembro adoptar restricciones más estrictas según sus circunstancias particulares.
Las restricciones sobre pagos en efectivo responden a un esfuerzo global por aumentar la transparencia fiscal y reducir el fraude. Tanto empresarios como particulares deben adaptarse a estas normativas y ser conscientes de sus responsabilidades compartidas ante la Agencia Tributaria, contribuyendo así a la construcción de una economía justa.