Una sentencia del Tribunal Supremo de 28 de abril de 2010 trata el caso de la ocupación efectiva del trabajador y su derecho a la resolución del contrato de trabajo, con derecho a la indemnización correspondiente a un despido improcedente. Lo reseñable de este caso es que se refiere a una reclamación de un futbolista profesional.
En este caso, el futbolista reclamaba que la no tramitación por su Club de la licencia federativa suponía un incumplimiento de las obligaciones empresariales por parte del Club por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, reclamando el correspondiente despido improcedente y su consiguiente indemnización ya que esa situación suponía un perjuicio en su formación profesional y del derecho a la ocupación efectiva.
La sentencia determina que, aunque sea por una cuestión legal que obliga a un Club a no inscribir a más de un determinado número de licencias, la no tramitación de la licencia, que impide al jugador participar en partidos oficiales, supone una falta de ocupación efectiva, ya que "la acción de participar en los entrenamientos o sesiones técnicas del equipo únicamente constituye, a estos efectos, una actividad preparatoria para estar en las mejores condiciones en vista a participar en la competición oficial".
La sentencia hace hincapié en que el deportista profesional "no tiene un derecho a participar en los partidos oficiales, pues la ley solo habla de entrenamientos y demás actividades instrumentales o preparatorias. Si el trabajador tiene la habilitación jurídica suficiente, licencia, para participar en competiciones oficiales,pero no juega habitualmente por una decisión técnica impuesta por el entrenador del equipo, eso no vulnera el derecho a la ocupación efectiva".
Aparte de las consideraciones particulares de este caso, lo que sí debemos de tener en cuenta es que, en muchas ocasiones, las empresas recurren a cierto tipo de "cambios organizativos" como un sistema de mobbing o como represalias contra algunos trabajadores. Mientras que, en otros casos, esas necesidades organizativas están perfectamente justificadas.
La delimitación de los derechos de las empresas y de los trabajadores a la hora de justificar esos cambios organizativos, y su repercusión en la relación laboral, es tan complicada que prácticamente requiere una regulación caso por caso y muchas veces a través de la vía judicial.
Vía | Intelligence & Capital News Report En Pymes y Autónomos | ¿Mobbing o estrés laboral? Imagen | Aroma De Limón