Una de las fuentes de conflicto más habituales cuando un trabajador sufre un despido son las horas extras no pagadas. Especialmente cuando dichas horas no se estaban cobrando, digámoslo así de forma regularizada. Nos ponen delante el finiquito y las horas extra del ´´ultimo mes no aparecen. Por eso vamos a ver cómo reclamar las horas extras no pagadas en caso de despido.
Hay que tener en cuenta que el plazo para reclamar las horas extra es de un año. Puede ocurrir que un empleado haga más horas de las estipuladas y llegado el momento del despido, reclame las realizadas en el último año como horas extra no pagadas.
¿Cómo reclamar las horas extras no pagadas?
En primer lugar, si las horas extras no aparecen en el finiquito, deberíamos firmar como no conformes, para no cerrar posibilidades a nuestra posterior reclamación.
El primer paso sería reclamar a la empresa por escrito el pago de dichas horas adeudadas. Si la empresa no contesta o no está conforme es el momento de presentar la papeleta de conciliación ante el servicio de mediación laboral de nuestra comunidad.
En dicha papeleta hay que hacer constar los días que se reclaman y la cantidad de horas por cada día. Hay que tener en cuenta que legalmente solo se pueden hacer un máximo de 80 al año, que son las que se podrían reclamar.
El trabajador tiene que demostrar que efectivamente se han hecho dichas horas, algo que no siempre es fácil demostrar. Aquí es donde el registro horario debería facilitar la tarea. Y no todas las empresas hacen firmar junto con la nómina las horas realizadas según el registro horario. Pero si no siempre se puede acudir a compañeros que testifiquen a nuestro favor, cámaras de videograbación que pueda tener el local, correos o mensajes que nos ha enviado nuestro jefe, etc.
Si la empresa no está de acuerdo en la conciliación el siguiente paso es la demanda judicial. Y aquí es donde muchos empleados desisten, puesto que por la cantidad que les tendrían que pagar, generalmente pequeña, no les interesa cubrir los costes del procedimiento, que puede dar la razón al empleado o a la empresa.