A nadie le gusta tener que despedir a un empleado. Pero cuando llega este momento es necesario hacerlo correctamente. Se necesita cumplir con ciertos requisitos formales, ya que de otra manera el despido se puede considerar improcedente o nulo. Las nuevas tecnologías hacen que sea posible avisar del despido por diferentes métodos, como WhatsApp, SMS, videoconferencia o burofax, por citar algunos. Vamos a ver cómo comunicar el despido a un empleado para que tenga plena validez jurídica.
No hay que confundir el aviso de despido con la carta de despido. Una cosa es informar de que vamos a dejar nuestro puesto de forma verbal, pero de forma complementaria es requisito imprescindible entregar notificación por escrito, lo que se conoce como carta de despido, donde se van a detallar la motivación del mismo, la fecha en la que es efectivo dicho despido y los datos de la empresa y el trabajador.
¿Puedo comunicar el despido por SMS, WhatsApp o videoconferencia?
En general medios electrónicos como un SMS o un mensaje a través de WhatsApp no se consideran como medios válidos para comunicar un despido. Es una comunicación por escrito, pero sin embargo no garantizan los derechos formales ni la defensa del trabajador si quiere recurrir dicho despido.
Más todavía si el despido es por causas objetivas, donde toda la motivación de dicho despido tiene que estar perfectamente motivado, detalladas las causas económicas, organizativas, productivas o de causa mayor por las que se prescinde de dicho empleado.
Durante el confinamiento y ante la imposibilidad de realizar la entrega de la carta en mano, en algunos casos se recurrió a la videoconferencia. Son muchas las dudas que surgen en estos casos y posiblemente la realidad es que si se recurre dicho despido lo declaren improcedente.
En estos casos la empresa siempre puede volver a comunicar el despido cumpliendo con los requisitos formales correctamente. Será necesario esperar al menos 20 días para poder volver a realizar esta comunicación.
El burofax, el medio más seguro
Diferente es si se utiliza un medio como el burofax o la carta certificada, donde se garantiza de forma fehaciente que la comunicación se ha realizado y el no repudio de dicha comunicación. A partir de aquí será la argumentación la que determine si los motivos para dicho despido son o no válidos.
En el caso de los despidos improcedentes también debería cumplirse con estos requisitos formales, ya que de otra manera puede ser declarado nulo y mientras sale la sentencia o no la empresa debería hacer frente a la nómina del empleado que se reincorporaría de nuevo a la empresa.