Transcribo la consulta tal cual, para destriparla por partes:
Trabajo en una empresa del sector de la construcción como empleado, hemos bajado la facturación de 5 a 3,5 millones euros año, cobro 2100 € por mes y el coste de la empresa en seguridad social e IRPF son unos 1500 €. La empresa no puede asumir esos costes, yo lo sé y ellos me lo han transmitido.Con estas cifras iniciales, podemos aseverar que este trabajador parte de un error de bulto, porque él no cobra 2.100 euros mensuales, que sería la cantidad líquida que se recibe en nómina, sino unos 3.000 euros mensuales (aproximadamente), correspondientes con la cantidad bruta. No obstante, sigamos con la cuestión:
Si me despiden tienen que pagarme 50000 € y también es inasumible para ellos. Me voy a dar de alta en autónomos como profesional, compensar las cuotas con el pago unico de mi desempleo, y facturar a esta empresa trabajos y estudios concretos que siguen necesitando y haré trabajos para otras empresas. La indemnización la cobraré a razon de 2000 € mes durante 25 meses. Veis algún problema en esta solución?Tenemos dos fases; la rescisión unilateral del contrato de trabajo por parte de la empresa con pacto oculto, con lo cual la indemnización puede peligrar en principio si tiene que cursar una reclamación legal sobre su pago y por otra parte la capacidad financiera de la empresa para sostener el coste de este trabajador como autónomo dependiente.
Asegurar el despido
La forma para asegurarse el cobro del despido, es instrumentalizar el cobro de la indemnización mediante un acuerdo por escrito en el Servicio de Mediación y Arbitraje Laboral y que la empresa emita 25 pagarés o letras de cambio, a la orden con vencimiento mensual por importe de 2.000 euros cada uno para el pago de esta indemnización.Si fuera yo el trabajador, exigiría que los pagarés estuvieran avalados por una persona física para tener más garantías de cobro de los mismos en el caso de una suspensión de pagos por parte de la empresa. Si el despido se instrumentaliza de esta manera, en el caso de impago el trabajador tiene dos vías para reclamar el cobro; una por vía de la jurisdicción social, solicitando la ejecución del acuerdo de despido improcedente o bien, por vía mercantil, solicitando el pago de los efectos mediante la Ley Cambiaria.
Capacidad financiera de la empresa
Con las cifras que se ponen de manifiesto, el único coste que la empresa podrá disminuir es el coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa, pero el trabajador debería repercutir el coste de sus autónomos para no bajar su sueldo. Tal y como he puesto anteriormente, la empresa sólo se ahorrará unos 400 euros mensuales, salvo que el trabajador esté dispuesto a disminuir su salario bruto.Las comparaciones salariales se tienen que hacer sobre el salario bruto y no sobre el salario neto, con lo que sería muy interesante conocer exactamente el bruto en nómina del trabajador.
Además, el trabajador debe saber que entra a formar parte de los autónomos dependientes y que a nivel fiscal, su situación puede empeorar si pierde la deducción por rendimientos del trabajo, incrementándose notablemente el impuesto sobre la renta a pagar.
Tal y como yo lo veo, es una soluciòn que se puede poner en práctica, pero recomiendo a las partes que hagan bien las cuentas, porque tal y como se expone, el trabajador afectado puede ser el gran perjudicado de este despido pactado, tanto por el riesgo de impago de la indemnización pendiente como por la merma importante que pueden sufrir sus ingresos anuales.
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